La quiebra personal: una salida legal al sobreendeudamiento en aumento.

Aumento del 31% en quiebras personales en 2025: ¿Cómo la ley permite a deudores empezar de nuevo sin deudas?

En Chile, el número de personas que se declaran en quiebra ha aumentado significativamente, alcanzando un total de 6.795 casos en 2025, lo que representa un incremento del 31% en comparación con el año anterior, según datos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir). Este crecimiento se observa en un contexto donde la quiebra personal, también conocida como liquidación voluntaria, se ha consolidado como una opción viable para quienes enfrentan problemas de sobreendeudamiento.

La tendencia al alza en las declaraciones de quiebra se ha mantenido constante en los últimos años. En 2024, 4.708 personas optaron por este procedimiento, mientras que en 2023 la cifra fue de 2.329. La liquidación voluntaria, regulada por la Ley 20.720, permite a los deudores eliminar la totalidad de sus deudas a cambio de la entrega de bienes embargables, facilitando así un nuevo comienzo financiero en un plazo que puede ser inferior a 12 meses.

Eduardo Lara, abogado del departamento de Asistencia Deudores del estudio jurídico Alfaro y Madariaga, explicó que “este mecanismo no es una renegociación ni un acuerdo para pagar menos, sino una solución de fondo que permite dejar las deudas en cero, sin importar el monto adeudado”. Lara enfatizó que la liquidación voluntaria es la única herramienta legal en Chile que permite a las personas recuperar su tranquilidad financiera de manera definitiva cuando la carga de deudas se vuelve insostenible.

Uno de los beneficios más destacados de este procedimiento es la protección que ofrece al deudor una vez que se emite la Resolución de Liquidación. Desde ese momento, el afectado queda protegido frente a nuevas acciones judiciales, y todos los juicios existentes se consolidan en un solo procedimiento. Además, el deudor deja de tener contacto directo con los acreedores, ya que es representado por un liquidador designado por el Estado.

Otro aspecto importante es la eliminación de los registros comerciales negativos. Al finalizar el proceso, o incluso antes, el nombre del deudor se elimina de Dicom y del Boletín Comercial, lo que le permite reintegrarse al sistema financiero.

Una de las preguntas más comunes entre los interesados es si se puede acceder a la quiebra sin poseer bienes embargables. Lara aclaró que “la ley permite expresamente iniciar una liquidación voluntaria aunque no se tengan bienes”. Sin embargo, recomendó que, si es posible, se aporte algo, aunque sea mínimo, que sea coherente con la situación económica del deudor.

El abogado concluyó que la quiebra personal es un procedimiento legal, regulado y transparente, que no debe ser visto como una solución informal. “Es un procedimiento establecido por ley que elimina las deudas, detiene el acoso de los acreedores y permite empezar de nuevo, todo en un plazo muchas veces menor a 12 meses”.