Por medio del Ord. N°188 emitido el 9 de enero 2020 la Dirección del Trabajo precisó que no tiene validez legal el pacto de “turnos de disponibilidad”.
Continua leyendo La ilegalidad de los turnos de disponibilidad
Por medio del Ord. N°188 emitido el 9 de enero 2020 la Dirección del Trabajo precisó que no tiene validez legal el pacto de “turnos de disponibilidad”.
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La Dirección del Trabajo a través del Ord. N°5604 del 4 de diciembre 2019 se pronunció acerca de las modificaciones relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa y su efecto en las organizaciones sindicales ya constituidas en una empresa que pasa a ser de propiedad de otra.
Continua leyendo Traspaso de trabajadores a otra empresa no implica disolución de sindicato
Por medio del Ord. N°5667/33 del 6 de diciembre de 2019, la Dirección del Trabajo modificó su criterio interpretativo e indicó que no es requisito de jornada bisemanal que trabajador pernocte diariamente en el lugar de trabajo para hacer uso del descanso entre jornadas.
La Dirección del Trabajo fijó dos relevantes criterios respecto de la obligación del empleador de proveer sala cuna a las trabajadoras.
Continua leyendo Relevantes criterios de la Dirección del Trabajo sobre salas cunas
Por medio del Ord. N°5611 del 4 de diciembre 2019 indicó que no existe inconveniente en que trabajadores acuerden afiliación o desafiliación a una Caja de Compensación de Asignación Familiar por sistema de votación electrónica.
Por medio del Ord. N°5750 del 12 de diciembre 2019 la Dirección del Trabajo aclaró los trabajadores exceptuados de descanso dominical y días festivos.
A través de su sitio institucional la Dirección del Trabajo (DT) recuerda a los empleadores afectos a la Ley de Inclusión Laboral que, durante enero de 2020, deberán informar en forma electrónica el cumplimiento de dicha ley correspondiente al año 2019.
Por medio del Ord. N°5612 del 4 de diciembre 2019 y pronunciándose respecto de una consulta formulada por un sindicato, la Dirección del Trabajo precisó los límites al ejercicio del denominado “ius variandi”.
Continua leyendo Dirección del Trabajo precisa límites al ejercicio de “Ius Variandi”
Las multas a las que se exponen los empleadores fluctúan entre las 9 y 60 UTM, es decir entre $435.177 y $ 2.901.180, dependiendo de la infracción y el número de trabajadores de la empresa.