La Corte IDH responsabiliza a Honduras por violaciones a los derechos de Leonela Zelaya.

Corte IDH responsabiliza a Honduras por violaciones a derechos de mujer trans y deficiente investigación de su muerte

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha declarado al Estado de Honduras responsable por violaciones a los derechos humanos de Leonela Zelaya, una mujer trans que fue víctima de detenciones ilegales y arbitrarias en 2004, así como por el manejo inadecuado de la investigación de su muerte, ocurrida el 7 de septiembre de ese mismo año.

En su fallo, el Tribunal determinó que las detenciones de Zelaya, realizadas en tres ocasiones durante enero, agosto y septiembre de 2004, fueron ilegales y arbitrarias. La Corte subrayó que estas acciones se llevaron a cabo bajo una normativa ambigua que otorgaba un amplio margen de discrecionalidad a las autoridades, sin que el Estado presentara pruebas que justificaran adecuadamente dichas detenciones.

Además, la Corte concluyó que el Estado hondureño incurrió en responsabilidad por la falta de diligencia en la investigación de la muerte de Zelaya, lo que afectó los derechos de su pareja, Thalía Rodríguez, quien convivió con ella durante nueve años. La Corte destacó que la inacción del Estado vulneró los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de Rodríguez, quien experimentó sufrimientos significativos debido a la falta de esclarecimiento de los hechos.

Leonela Zelaya, quien era trabajadora sexual y vivía en condiciones de pobreza, fue reconocida por la Corte como víctima de discriminación, ya que su identidad y expresión de género no fueron adecuadamente consideradas durante la investigación de su muerte. La Corte identificó múltiples deficiencias en la investigación, incluyendo la falta de identificación adecuada de la víctima, la ausencia de documentación de la escena del crimen y la omisión de testimonios relevantes, lo que contribuyó a la impunidad en este caso.

La Corte también ordenó al Estado hondureño tomar medidas para reparar a las víctimas, incluyendo la reactivación de la investigación sobre la muerte de Zelaya, la publicación de la sentencia y la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional. Asimismo, se instó a Honduras a adecuar su normativa interna para que la Ley de Policía y Convivencia Social defina claramente las condiciones para imponer sanciones que impliquen privación de libertad.

En un voto disidente, el magistrado Alberto Borea Odría cuestionó la extensión de la Convención de Belém do Pará a mujeres trans y criticó la interpretación de la Corte sobre el derecho a la identidad de género, argumentando que no existe un derecho autónomo a este respecto en el sistema interamericano. Borea Odría también expresó su desacuerdo con las reparaciones y órdenes estructurales impuestas por la mayoría, argumentando que estas exceden las competencias de la Corte.

Por su parte, el magistrado Diego Moreno Rodríguez, en un voto concurrente, coincidió en la declaración de violación de derechos, pero propuso una justificación basada en el reconocimiento estatal de responsabilidad y la especial vulnerabilidad de las mujeres trans, destacando la necesidad de una protección reforzada en el contexto de violencia y discriminación que enfrentan.

Este caso resalta la importancia de la protección de los derechos humanos de las personas LGBTIQ+ en Honduras, un país donde la violencia y la discriminación contra este grupo son preocupantes y generalizadas.