La preocupación por el destino de los bienes tras el fallecimiento se ha vuelto un tema relevante en el contexto de la reconfiguración familiar en Chile. Según el Código Civil chileno, el patrimonio debe permanecer dentro de la “familia nuclear”, es decir, hijos, padres y cónyuge o conviviente civil, lo que limita la posibilidad de disponer libremente de los bienes al momento de la muerte.
La legislación establece que cualquier disposición que vulnere las asignaciones hereditarias forzosas a favor de estos parientes es considerada nula. Sin embargo, existe un espacio para la filantropía, aunque con ciertas condiciones. En Europa, la práctica de los “testamentos solidarios” es común, pero en Chile, esta opción se presenta principalmente cuando el fallecido no tiene herederos forzosos, como hijos o cónyuge. En tales casos, la persona puede legar el 100% de su patrimonio a una ONG o fundación de su elección.
Si el fallecido tiene herederos forzosos, la ley chilena permite que se disponga de un 25% de los bienes a favor de causas benéficas. Esta figura, conocida como la Cuarta de Libre Disposición, permite que, a pesar de las obligaciones hacia la familia, se pueda destinar una parte significativa de la herencia a instituciones de beneficencia o causas que el testador considere importantes. Esto significa que, aunque se haya construido un patrimonio para la familia, se puede reservar una porción para un gesto solidario.
El Código Civil también incluye disposiciones que fomentan la donación a la beneficencia, permitiendo que se dejen bienes a “objetos de beneficencia” en general, con la designación de la institución a cargo del Presidente de la República. Además, se pueden legar bienes “al alma del testador” o “a los pobres”, con reglas que aseguran que estos fondos sean dirigidos a instituciones locales o parroquiales.
La ley chilena prioriza la intención solidaria sobre la formalidad, permitiendo que, si se olvida especificar la cuota exacta para la beneficencia, la justicia determine un monto adecuado. Asimismo, se faculta a diversas instituciones públicas para intervenir y garantizar que los bienes se destinen efectivamente a quienes más lo necesitan, de acuerdo con la voluntad del testador.
En resumen, la legislación chilena ofrece herramientas para que, incluso en el contexto de herederos forzosos, se pueda realizar un acto de solidaridad a través de la herencia. La clave radica en utilizar el margen de libertad que la ley otorga, permitiendo que, con menos herederos forzosos, se amplíe la capacidad de ayudar a la sociedad.
