El concepto de jurisprudencia, que proviene del latín, se refiere al conjunto de decisiones judiciales que establecen precedentes en el ámbito legal.
La jurisprudencia, derivada de las palabras latinas “juris” (derecho) y “prudentia” (sabiduría), se define como el conjunto de fallos emitidos por tribunales que, en una materia específica, se consolidan a través de sus decisiones. En el contexto jurídico, este término puede interpretarse de tres maneras: como sinónimo de la ciencia del derecho, como el conjunto de sentencias dictadas por jueces y órganos jurisdiccionales, y como una serie de decisiones reiteradas que buscan ofrecer una interpretación uniforme del derecho en casos similares.
Generalmente, se considera que existe jurisprudencia cuando hay una sucesión de sentencias concordantes o una sentencia relevante que permite extraer una norma general que influya en la resolución de futuros casos. Estas decisiones judiciales forman un cuerpo de soluciones que adquiere un carácter obligatorio y vinculante, ya que los problemas jurídicos similares tienden a recibir respuestas consistentes.
El número de sentencias necesarias para establecer jurisprudencia es un tema debatido. La jurisprudencia se constituye a partir de la doctrina que, de manera reiterada, establecen los tribunales superiores al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. La reiteración de sentencias, junto con la doctrina existente, sugiere que se requieren decisiones uniformes a lo largo del tiempo para que se configure la jurisprudencia.
Aunque la jurisprudencia no se considera una fuente formal de derecho, desempeña un papel crucial al completar y perfeccionar el ordenamiento jurídico, integrándose en él con una vocación de permanencia, aunque no tiene carácter obligatorio en el sistema legal chileno.
