El parlamento español aprobó con 202 votos a favor, 141 en contra y 2 abstenciones, la ley que regulariza la eutanasia y el suicidio asistido.
De esta forma, la ley garantiza la ayuda necesaria para morir a aquellas personas que lo deseen, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos y procedimientos.
¿Quiénes podrán optar a esta ley?
Los mayores de edad con nacionalidad española o que tengan residencia o un certificado de empadronamiento superior a un año y que sean “capaces y conscientes” cuando formulen la solicitud.
Ahora bien, si la persona no está consciente, podrá optar a la eutanasia si ha “suscrito con anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en dicho documento”.
Además, el solicitante deberá sufrir de una “enfermedad grave e incurable” o un “padecimiento grave, crónico o imposibilitante”.
Por otro lado, el paciente podrá comunicar al personal sanitario responsable cómo quiere recibir la eutanasia: centro médico o en el domicilio.
Cabe destacar que el procedimiento será gratuito y el paciente podrá dar pie atrás en cualquier momento.
