Las vacaciones son un derecho fundamental para los trabajadores, pero su acumulación está regulada por la legislación chilena, que establece límites claros.
Según el Código del Trabajo de Chile, los trabajadores que cumplen un año de servicio tienen derecho a un feriado anual de 15 días hábiles, lo que se considera un período de vacaciones. Sin embargo, la acumulación de estos períodos no es ilimitada. La Dirección del Trabajo (DT) ha aclarado que los trabajadores pueden acumular hasta dos períodos consecutivos de vacaciones, siempre que exista un acuerdo entre el trabajador y el empleador.
La DT también señala que, si un trabajador tiene acumulados dos períodos de vacaciones, el empleador está obligado a otorgar al menos el primero de estos períodos antes de que el trabajador complete un nuevo año de servicio que le otorgue derecho a un nuevo período de vacaciones. En caso de que un trabajador acumule un tercer período de feriado anual, esto se considera una infracción por parte del empleador, quien puede ser sancionado con una multa administrativa.
Es importante que los trabajadores sean conscientes de estos límites para evitar confusiones sobre sus derechos y la gestión de sus días de descanso. La acumulación de vacaciones es un tema relevante, especialmente en un contexto donde muchos trabajadores buscan maximizar su tiempo libre. La legislación busca equilibrar los derechos de los trabajadores con las necesidades operativas de las empresas, promoviendo así un ambiente laboral justo y regulado.
