Nuevo beneficio para mujeres jubiladas busca cerrar la brecha previsional.

Compensación por Expectativa de Vida: ¿Eres mujer jubilada? Descubre si tienes derecho a este importante beneficio

La Compensación por Expectativa de Vida es un nuevo beneficio que busca equilibrar las pensiones de las mujeres jubiladas en Chile, introducido en la reciente Reforma de Pensiones.

Este complemento monetario, que se entrega en Unidades de Fomento (UF), tiene como objetivo reducir la brecha previsional entre hombres y mujeres, reconociendo que las mujeres suelen recibir pensiones más bajas debido a su mayor esperanza de vida y a que tienden a jubilarse antes. La compensación se ajusta para equiparar el monto de la pensión de una mujer con el de un hombre en condiciones similares.

El beneficio garantiza un mínimo de 0,25 UF y comenzará a pagarse a partir de los 65 años, independientemente de si la mujer se ha jubilado antes de esa edad. Este pago será fijo en UF y estará sujeto a impuestos y cotizaciones de salud, según lo indicado por ChileAtiende.

El porcentaje de la compensación que se otorgará dependerá de la edad de la pensionada y de la causa de su pensión. Para las mujeres que se jubilen por vejez o invalidez y que no estén cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cálculo se realizará de la siguiente manera, considerando la edad al 1 de enero de 2026:

  • 65 años: 100%
  • 64 años: 75%
  • 63 años: 50%
  • 62 años: 25%
  • 61 años: 15%
  • 60 años: 5%

Para las trabajadoras que se jubilen por trabajo pesado, se sumará la edad al 1 de enero de 2026 más los años rebajados por su actividad. Las pensionadas que se jubilen a partir del 2 de enero de 2026 también se regirán por esta tabla, según su edad al momento de pensionarse.

Las mujeres que deseen consultar si tienen derecho a la Compensación por Expectativa de Vida pueden hacerlo a través del portal ChileAtiende. Para realizar la consulta, deben ingresar su RUT, fecha de nacimiento y hacer clic en el botón ‘consultar’.

Para acceder a este beneficio, las mujeres deben tener 65 años o más y recibir una pensión de vejez o invalidez basada en cotizaciones obligatorias, además de no estar cubiertas por el SIS. También es necesario haber registrado al menos una cotización destinada al Fondo Autónomo de Protección Previsional antes de cumplir 50 años, salvo aquellas que ya estaban afiliadas al Decreto N.º 3.500 antes del 1 de agosto de 2025. Las beneficiarias recibirán la compensación automáticamente junto con su pensión mensual, sin necesidad de realizar una postulación, ya que el sistema valida la información previsional y activa el pago correspondiente.