El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio estatal destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan hasta el tramo 60 de mayor vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares.
El monto a pagar desde septiembre de 2020 es de $13.401 mensuales por cada causante. En el caso de causantes deficientes mentales o inválidos el monto se multiplica por dos, es decir, el beneficiario recibe $26.802.
Hay que considerar que el Subsidio Familiar es incompatible con las Asignaciones Familiares, por lo que -si una persona puede ser causante de ambos beneficios- deberá optar por uno de ellos.
¿Quiénes son beneficiarios?
Son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación.
- Menores hasta los 18 años de edad que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los ocho años. Los mayores de seis años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes.
- Personas con discapacidad mental que no perciban ingresos iguales o superiores al monto del subsidio. Dicha condición debe estar acreditada mediante declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Inválidos de cualquier edad que no perciban ingresos iguales o superiores al monto del subsidio. Dicha condición debe estar acreditada mediante declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Las mujeres embarazadas que acrediten dicha condición con un certificado de cinco meses de gestación.
- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
¿Qué documentos necesita para el trámite?
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de seis años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de seis años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
¿Dónde hacer el trámite?
El trámite se debe hacer en la municipalidad que corresponda al domicilio del solicitante, lugar en el que se debe presentar con los documentos requeridos según la condición que deba acreditar.
La solicitud se puede hacer durante todo el año y tiene una vigencia de tres años a contar de la fecha del decreto que lo concede.
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