El Servicio de Salud de Valdivia deberá indemnizar por negligencia médica en cirugía.

Juzgado Civil de Valdivia condena a Servicio de Salud por negligencia médica tras hallazgo de drenaje olvidado en paciente

El Segundo Juzgado Civil de Valdivia ha dictado una sentencia que condena al Servicio de Salud de Valdivia a indemnizar con $7.000.000 a un paciente por daño moral, tras determinar que hubo una falta de servicio relacionada con una cirugía de próstata.

El caso se remonta al 1 de agosto de 2018, cuando el demandante fue sometido a una prostatectomía radical retropúbica debido a un tumor maligno. Posteriormente, el paciente experimentó dolores persistentes que afectaron su calidad de vida, impidiéndole dormir, caminar y trabajar. A pesar de informar estos síntomas en sus controles médicos, no se realizaron exámenes adecuados para identificar la causa de su malestar.

En septiembre de 2020, se descubrió un cuerpo extraño de aproximadamente 15 centímetros, correspondiente a un drenaje tubular olvidado en su zona pélvica desde la cirugía inicial. Este hallazgo se realizó mediante exámenes radiológicos, y el drenaje fue extraído en una laparotomía exploradora el 30 de octubre de 2020. El demandante argumentó que esta negligencia médica le causó graves daños físicos y psicológicos, incluyendo depresión y un trastorno adaptativo ansioso, además de afectar su relación matrimonial. Inicialmente, solicitó una indemnización de $150.000.000 por daño moral.

Los demandados, el Hospital Base Valdivia y el Servicio de Salud de Valdivia, rechazaron la demanda, pidiendo su desestimación total o, en su defecto, una reducción del monto reclamado. Argumentaron que la acción había prescrito, ya que la cirugía se realizó en 2018 y el plazo de cuatro años para presentar la demanda, según la Ley 19.966, había expirado. Sin embargo, el tribunal determinó que el plazo de prescripción debía contarse desde el momento en que se conoció el daño, es decir, desde el 1 de septiembre de 2020, cuando se detectó el drenaje olvidado.

El tribunal analizó la jurisprudencia sobre la prescripción y concluyó que, dado que la demanda fue presentada el 6 de septiembre de 2023, no había transcurrido el plazo de cuatro años, considerando también el tiempo de suspensión por mediación. Por lo tanto, se rechazaron las excepciones de prescripción.

En cuanto al fondo del asunto, el tribunal evaluó la responsabilidad del Servicio de Salud por falta de servicio, conforme a la Ley 19.966, que exige demostrar que el daño fue causado por una acción u omisión del servicio. Se estableció que el olvido del drenaje tubular en el cuerpo del paciente constituyó una falta de servicio, ya que se trató de un mal funcionamiento del sistema de salud.

El tribunal también consideró los daños sufridos por el paciente, que incluyeron no solo el dolor físico y la necesidad de una segunda cirugía, sino también el impacto psicológico que tuvo que afrontar durante más de dos años. Se registraron síntomas de frustración y ansiedad, así como un deterioro en sus relaciones familiares, lo que fue documentado en su ficha clínica.

Finalmente, el tribunal fijó la indemnización por daño moral en $7.000.000, considerando la gravedad del daño y las condiciones del afectado. La sentencia establece que esta suma deberá ser reajustada según la variación del IPC hasta el momento del pago, y cada parte asumirá sus propias costas.