Como todos los años, se inicia el proceso de la Operación Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII). Este proceso consiste en que los contribuyentes declaran sus ingresos percibidos el año anterior para efectos de devolución y pagos de impuestos.
En este proceso de renta, debutan los nuevos regímenes de la modernización tributaria parte de la última reforma de Sebastián Piñera. En esta ocasión, se elimina el concepto de renta atribuida, que será reemplazado por nuevos regímenes creados especialmente para PYME.
Cabe destacar que no se puede renunciar a cotizar, aunque se puede optar a una gradualidad para el cálculo de ellas, siendo este año de un 27%
¿Quiénes deben cotizar?
Deben cotizar todos aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:
- Tuviste un ingreso anual superior a los $7.833.186, salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador.
- Tuviste más de un empleador
- Trabajaste a honorarios y quienes optan a la cobertura parcial para tus cotizaciones previsionales
- Realizaste el segundo retiro voluntario del 10% acumulativo en tu AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295 y tienes un ingreso tributable superior a 30 UTA ($18.370.440)
Quienes no se encuentren en este grupo, pueden declarar renta si quieren acceder a algún beneficios o crédito tributario. Por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios.
Nuevos Regímenes Tributarios
En Operación Renta 2021, dejará de existir el sistema de renta atribuida. Por ende, los contribuyentes deberán declarar bajo los siguientes regímenes:
- Propyme General: Enfocado en compañías, que según el SII “determinan su resultado tributario, como norma general, en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando obligados a llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar a una simplificada”.
Ante la anterior premisa, tendrán que pagar el 25% en impuestos pero entre 2020 y 2022 esa cifra se reduce a un 10%
- Propyme Transparente: Enfocado en empresas cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales. “En este caso la Pyme quedará liberada del Impuesto de Primera Categoría y sus propietarios deberán tributar con sus impuestos finales en base al resultado tributario determinado por la empresa en el mismo año en que éste se genere”, explica el SII
- Régimen General (Semi Integrado): Orientado a las grandes empresas, las cuales tienen el mandato de llevar la contabilidad completa de sus flujos. Deberán pagar el 27% en impuestos.
Además, sus propietarios tributarán en base a retiros o distribuciones efectivas con “imputación parcial del 65% del crédito por Impuestos de Primera Categoría en los impuestos finales que se le afecten”.
[REGÍMENES TRIBUTARIOS]: Te invitamos a revisar el régimen tributario en el que estás inscrito y que necesitarás para declarar en esta Renta en https://t.co/1HApNX8b6s pic.twitter.com/Kv2b0nPbIb
— SII (@SII_Chile) February 24, 2021
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