Cifras de femicidios en Chile revelan alarmante aumento en casos frustrados y tentados en los últimos años

Análisis de las alarmantes cifras de femicidios en Chile: 43 consumados y 300 frustrados.
Análisis de las alarmantes cifras de femicidios en Chile: 43 consumados y 300 frustrados.

En Chile, el fenómeno del femicidio ha sido objeto de análisis y preocupación en los últimos años, con cifras que reflejan una alarmante realidad. En 2024, se reportaron 43 femicidios consumados, cifra que se ha mantenido constante en los últimos años, pero que contrasta con el aumento significativo de los femicidios frustrados, que alcanzaron los 319 casos. Esta tendencia ha sido documentada por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (Sernameg), que ha proporcionado estadísticas sobre la violencia de género en el país.

Las cifras de femicidios en Chile en los últimos años

Las estadísticas de Sernameg muestran la evolución de los femicidios en Chile durante los últimos 15 años. A continuación, se presentan los datos anuales de femicidios consumados y frustrados desde 2010 hasta 2024:

  • 2010: 49 femicidios consumados.
  • 2011: 40 femicidios consumados.
  • 2012: 34 femicidios consumados y 82 femicidios frustrados.
  • 2013: 40 femicidios consumados y 76 femicidios frustrados.
  • 2014: 40 femicidios consumados y 103 femicidios frustrados.
  • 2015: 45 femicidios consumados y 112 femicidios frustrados.
  • 2016: 34 femicidios consumados y 129 femicidios frustrados.
  • 2017: 44 femicidios consumados y 115 femicidios frustrados.
  • 2018: 42 femicidios consumados y 121 femicidios frustrados.
  • 2019: 46 femicidios consumados y 109 femicidios frustrados.
  • 2020: 43 femicidios consumados y 151 femicidios frustrados.
  • 2021: 44 femicidios consumados, 163 femicidios frustrados y 24 femicidios tentados.
  • 2022: 43 femicidios consumados, 180 femicidios frustrados y 27 femicidios tentados.
  • 2023: 43 femicidios consumados, 259 femicidios frustrados y 46 femicidios tentados.
  • 2024: 43 femicidios consumados, 319 femicidios frustrados y 80 femicidios tentados.

En el año 2025, hasta la fecha, se han registrado 9 femicidios consumados, 47 frustrados y 9 tentados.

El femicidio consumado se define como el asesinato de una mujer por razones de género que se lleva a cabo con éxito. Por otro lado, el femicidio frustrado se refiere a aquellos intentos de asesinato que no se concretan debido a factores externos, como la intervención de terceros o la atención médica oportuna. El femicidio tentado se refiere a los ataques que se inician con la intención de matar, pero que no se completan.

¿Qué nos dicen las cifras sobre femicidios en Chile?

Las cifras oficiales indican que los femicidios consumados en Chile han fluctuado entre 34 y 49 casos anuales desde 2010, manteniéndose relativamente estables en torno a los 43-44 casos por año desde 2020. Sin embargo, el aumento en los femicidios frustrados es notable, pasando de 82 en 2012 a 319 en 2024. Además, los femicidios tentados, que comenzaron a registrarse en 2021, han crecido de 24 a 80 en tres años.

Este aumento podría ser indicativo de una mayor visibilidad y denuncia de la violencia de género, aunque también puede reflejar un incremento real en la violencia contra las mujeres. La estabilización de los femicidios consumados sugiere que las intervenciones han logrado evitar más muertes, aunque no han logrado disminuir ni detener los intentos de femicidio.

La abogada y directora ejecutiva de Corporación Miles, Javiera Canales, ha señalado que eventos como el Mayo Feminista de 2018 han contribuido a una mayor concientización y a una falta de tolerancia colectiva hacia la violencia contra las mujeres. Canales también ha destacado que la Ley Gabriela, promulgada en 2021, amplió la definición de femicidio, reconociendo diversas formas de violencia que antes no eran consideradas.

El femicidio como figura legal en Chile

La violencia hacia las mujeres es un problema sociocultural que se manifiesta en diversos contextos, tanto en espacios privados como públicos. Aunque el femicidio fue conceptualizado en términos sociopolíticos en los años noventa, no fue tipificado como delito en Chile hasta 2010. La Ley Gabriela de 2021 amplió la definición de femicidio para incluir asesinatos de mujeres y niñas por razones de género, más allá de las relaciones íntimas.

Según la Ley 21.212, un asesinato se considera por motivos de género si ocurre en ciertas circunstancias, tales como:

  1. Ser consecuencia de la negativa a establecer una relación sentimental o sexual con el autor.
  2. Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución o un oficio de carácter sexual.
  3. Cometer el delito tras ejercer violencia sexual contra la víctima.
  4. Cometer el delito motivado por la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
  5. Cometer el delito en situaciones de manifiesta subordinación por relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima.

El término “femicidio” ha generado controversia en algunos sectores políticos, y en países como Argentina ha sido eliminado como delito. Canales ha argumentado que el femicidio no es un homicidio común, ya que responde a un patrón de violencia estructural contra las mujeres.

El Ministerio Público ha indicado que, aunque todos los femicidios son un tipo de homicidio, no todos los homicidios de mujeres son femicidios. La existencia del femicidio como figura legal permite una mejor persecución penal y un mayor reconocimiento de la violencia de género como un problema estructural.

La abogada Canales ha enfatizado que en países donde el femicidio no es un delito específico, las penas pueden ser menores y la violencia de género se diluye en el homicidio común, lo que podría ser un retroceso en el reconocimiento de los derechos de las mujeres.

La académica Bárbara Sepúlveda ha argumentado que el tipo penal de femicidio ha sido criticado por supuestamente vulnerar la igualdad ante la ley, pero ha señalado que tratar igual a quienes están en situaciones desiguales no es equitativo.

Sepúlveda ha afirmado que invisibilizar las motivaciones específicas de los asesinatos de mujeres por razones de género perpetúa su tratamiento como hechos individuales, desvinculados de su contexto social y cultural.