La Corte Suprema de Chile ha revocado la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había rechazado un recurso de amparo contra la modificación de la causal de prisión preventiva de dos imputados por homicidio calificado.
El caso se centra en dos individuos que han estado en prisión preventiva durante casi dos años bajo la causal de peligro de fuga. Recientemente, la Corte de Apelaciones de San Miguel cambió esta causal a peligro para la seguridad de la sociedad, lo que motivó la presentación del recurso de amparo por parte de uno de los imputados. Este alegó que la modificación era ilegal y arbitraria, ya que se realizó sin un debate previo y sin la presentación de nuevos antecedentes, contradiciendo la historia procesal del caso. El recurrente argumentó que el único elemento considerado por la Corte fue un informe de autopsia que ya formaba parte del expediente, lo que no justificaba la variación de la medida cautelar.
La Corte de Santiago había desestimado el recurso de amparo, argumentando que no era el mecanismo adecuado para impugnar decisiones de tribunales de igual jerarquía, como es el caso de una Corte de Apelaciones. Además, sostuvo que la resolución cuestionada fue emitida por un tribunal competente y que se fundamentó adecuadamente en los antecedentes del caso, considerando la gravedad del delito y la necesidad de mantener la prisión preventiva para garantizar la seguridad de la sociedad.
Sin embargo, la Corte Suprema, al acoger el recurso de amparo, señaló que la Corte de Apelaciones de San Miguel no justificó adecuadamente el cambio de la causal de prisión preventiva. En su fallo, la Corte Suprema destacó que la resolución no abordó las razones que justificaban la alteración de la causal de peligro de fuga a peligro para la seguridad de la sociedad, especialmente dado que los antecedentes presentados no modificaban la calificación jurídica del delito.
La Corte Suprema, por lo tanto, revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago y dejó sin efecto la modificación de la causal de prisión preventiva, restableciendo la causal de peligro de fuga, tal como había sido dispuesta por el 11 Juzgado de Garantía de Santiago. Esta decisión fue adoptada con el voto en contra de la ministra Gajardo y del abogado integrante Ferrada, quienes consideraron improcedente el recurso de amparo en este contexto.
Este fallo resalta la importancia de la fundamentación en las decisiones judiciales, especialmente en materia de prisión preventiva, y reafirma el derecho a la libertad personal de los imputados en el marco de un debido proceso.
