La Corte Suprema respalda la imparcialidad del juez en caso de homicidio frustrado.

Corte Suprema ratifica la validez del juez en nuevo juicio por homicidio frustrado, desestimando inhabilidad alegada por la defensa

La Corte Suprema de Chile ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, que había desestimado un recurso de amparo presentado por la defensa de un imputado por homicidio frustrado, en relación a la participación de un juez en el juicio.

El caso se centra en la preocupación de la defensa sobre la imparcialidad del juez, quien había sido objeto de críticas por su actuación en un juicio anterior. Según el recurrente, la participación del magistrado en el nuevo juicio representa una amenaza a la libertad personal y a la seguridad del imputado, dado que el juez había incurrido en irregularidades que comprometían su objetividad. En particular, se alegó que el juez firmó y comunicó una sentencia condenatoria de manera unipersonal, sin haber formado parte de la sala del juicio, lo que contraviene el artículo 19 del Código Orgánico de Tribunales. Además, se argumentó que el juez rechazó un incidente de nulidad procesal relacionado con esa irregularidad, validando así sus propias acciones.

A pesar de que la sentencia original fue posteriormente anulada por la Corte de Apelaciones debido a vicios formales, el juez fue nuevamente asignado para participar en el segundo juicio, lo que, según la defensa, constituye una inhabilidad objetiva que afecta el derecho del imputado a ser juzgado por un tribunal imparcial, conforme al artículo 196 N°10 del mismo código.

La Corte de Rancagua, al rechazar el recurso de amparo, subrayó que esta acción constitucional no es el medio adecuado para plantear causales de inhabilitación de jueces, ya que existen procedimientos legales específicos para ello en la normativa procesal vigente. Además, la Corte consideró que no se presentaba una amenaza actual, real e ilegal a la libertad personal o seguridad del imputado, ya que la mera posibilidad de un nuevo juicio no constituye por sí misma una violación a las garantías constitucionales.

Finalmente, la defensa del imputado decidió apelar la decisión de la Corte de Rancagua, pero la Corte Suprema confirmó el fallo, manteniendo así la participación del juez en el nuevo juicio.