La Corte Suprema de Chile ha acogido un recurso de casación presentado por el Fisco, anulando una sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que había incrementado la indemnización por daño moral de $3 millones a $50 millones en un caso de responsabilidad del Estado por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.
El origen del caso se remonta al Cuarto Juzgado Civil de Talca, donde se admitió una demanda de indemnización por daño moral interpuesta por un gendarme que alegó haber sido detenido y torturado. En primera instancia, el tribunal condenó al Fisco a pagar $3 millones. Sin embargo, tras una apelación, la Corte de Talca decidió aumentar la indemnización a $50 millones, lo que motivó al Fisco a presentar un recurso de casación en la forma.
El recurso se fundamentó en la falta de justificación adecuada para el aumento del monto indemnizatorio, tal como lo establece el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil. El Fisco argumentó que la sentencia de la Corte de Talca no proporcionó razones fácticas ni jurídicas que respaldaran el incremento, especialmente dado que no se había probado la duración exacta de las detenciones del demandante.
La Corte Suprema, al revisar el caso, subrayó que las sentencias deben cumplir con los requisitos de fundamentación establecidos en el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil. En su fallo, el máximo tribunal destacó que la motivación de las decisiones judiciales es crucial para el control jurisdiccional y para evitar arbitrariedades, permitiendo a las partes entender las razones detrás de las resoluciones.
En su análisis, la Corte concluyó que la sentencia de la Corte de Talca había incurrido en un vicio al limitarse a hacer consideraciones generales sobre la categoría de víctima, sin abordar las conclusiones fácticas de la primera instancia ni explicar cómo se justificaba el aumento a $50 millones. Por lo tanto, acogió el recurso de casación, anuló el fallo impugnado y dictó una nueva sentencia.
En esta sentencia de reemplazo, la Corte Suprema expuso los criterios que deben guiar la indemnización por daño moral en casos de responsabilidad del Estado por violaciones a los derechos humanos, enfatizando la importancia de los tratados internacionales y normas de ius cogens, conforme al artículo 5° de la Constitución chilena.
La Corte también aclaró que el daño moral, por su naturaleza subjetiva, debe ser evaluado por los jueces de manera prudente, considerando las circunstancias específicas del caso y los montos establecidos en situaciones similares, evitando así decisiones arbitrarias. Al revisar las pruebas, se estableció que el demandante había sido detenido y torturado al menos una vez, aunque no se precisó el número exacto de detenciones ni su duración. Por esta indeterminación, la Corte determinó que la indemnización de $5 millones era proporcional a los sufrimientos acreditados.
Finalmente, la Corte Suprema confirmó la sentencia del Cuarto Juzgado Civil de Talca, estableciendo la indemnización por daño moral en la suma de $5 millones.
