El Tribunal suizo revisa la vigilancia transfronteriza por violación de datos.

Tribunal suizo ordena revisión urgente del sistema de vigilancia transfronteriza por violaciones a derechos fundamentales y protección de datos

El Tribunal Administrativo Federal de Suiza ha emitido un fallo que cuestiona la legalidad del sistema de vigilancia del Servicio Federal de Inteligencia, al considerar que no se ajusta completamente a la Constitución Federal ni a las exigencias del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La sentencia se centra en el modelo operativo que utiliza la interceptación de señales de radio y tráfico por cable para monitorizar comunicaciones internacionales, con el objetivo de obtener información sobre eventos en el extranjero que puedan afectar la seguridad nacional. Este procedimiento implica la recopilación y análisis de datos mediante criterios de búsqueda diseñados para identificar señales relevantes. Sin embargo, los demandantes, que incluyen a la asociación Digitale Gesellschaft y varios profesionales, argumentaron que el volumen de datos interceptados representa un riesgo para sus derechos, a pesar de que la normativa prohíbe la vigilancia de comunicaciones exclusivamente internas.

El Tribunal había reconocido anteriormente que la interceptación abarca un amplio espectro de señales, lo que justifica la preocupación de los denunciantes y su derecho a solicitar el cese de la monitorización. Así, el caso fue elevado al Tribunal Administrativo Federal, que se encargó de evaluar la compatibilidad del sistema con los estándares constitucionales y europeos.

En su análisis, el Tribunal revisó la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que permite a los Estados implementar mecanismos de interceptación masiva siempre que existan garantías adecuadas para prevenir abusos. Entre estas garantías se incluyen la autorización previa por un órgano independiente, la supervisión continua y la disponibilidad de recursos efectivos para la revisión de las medidas adoptadas.

El Tribunal destacó que la legislación suiza establece condiciones claras para activar la vigilancia y que existe un sistema judicial de autorización previa. Sin embargo, también observó que el marco normativo no asegura la selección adecuada de datos relevantes ni protege adecuadamente las comunicaciones que requieren confidencialidad reforzada, como las de periodistas o abogados. Además, se identificaron deficiencias en los mecanismos de supervisión y en los recursos disponibles para quienes sientan que su privacidad ha sido vulnerada.

A partir de estas conclusiones, el Tribunal determinó que el esquema actual de vigilancia no proporciona las salvaguardias necesarias para justificar la interferencia en los derechos fundamentales de los denunciantes. Aunque este fallo podría llevar a la suspensión inmediata del sistema, se contempla que la Ley Federal del Servicio de Inteligencia está en proceso de revisión parlamentaria. Por lo tanto, se otorga un plazo de cinco años para que el legislador realice las modificaciones necesarias que aseguren la conformidad del sistema con la Constitución y los estándares europeos. Si al final de este período no se han corregido las deficiencias, la vigilancia por radio y cable deberá cesar.