Licitación de la Ley Uber desierta

Licitación de la Ley Uber se declara desierta y complica su implementación antes del fin del Gobierno actual

El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de Chile ha declarado desierto el proceso de licitación para el registro electrónico central de la Ley de Aplicaciones de Transporte, conocida como “Ley Uber”, lo que complica su implementación antes de que finalice el actual Gobierno.

La Subsecretaría de Transportes informó que no se recibieron ofertas válidas para el “Servicio de Desarrollo de Software e Infraestructura como Servicio” requerido para esta normativa, que es esencial para su correcta aplicación. La licitación se llevó a cabo a través de la plataforma de compras públicas Mercado Público, y la resolución que formaliza este resultado fue emitida el 8 de enero.

Según los antecedentes, la única oferta presentada por TIVIT Chile Tercerización de Procesos, Servicios y Tecnología SpA fue considerada inadmisible por la comisión evaluadora. A pesar de que se formularon 49 consultas al pliego de condiciones durante el plazo de la licitación, la propuesta de TIVIT no cumplió con los requisitos técnicos mínimos establecidos.

La resolución señala que la oferta no acreditó la experiencia necesaria, ya que de los cinco proyectos presentados, tres fueron ejecutados por filiales en otros países y no por la empresa que se postulaba. Además, la propuesta no demostró que los proyectos estuvieran basados en la arquitectura cliente-servidor o de microservicios web requeridos, ni que implementaran soluciones en la nube de Amazon Web Services (AWS).

También se encontraron deficiencias en la acreditación de los profesionales asignados. Por ejemplo, el candidato propuesto para el perfil de Arquitecto de soluciones experto en AWS no contaba con la certificación “AWS Certified Developer – Associate”, y el Especialista DevOps no presentó el título profesional necesario.

La falta de ofertas válidas obliga a la Subsecretaría de Transportes a declarar desierto el procedimiento, conforme al artículo 9° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos. Esto significa que no hay adjudicatario para el desarrollo de la plataforma de registro, lo que detiene un componente operativo clave de la Ley Uber.

Con esta situación, se complica la posibilidad de que la Ley Uber entre en vigor durante el actual mandato, dado que no hay un proveedor que desarrolle la infraestructura tecnológica necesaria. La Subsecretaría de Transportes ahora deberá evaluar los próximos pasos administrativos para intentar reactivar el proceso de compra.