
El Seguro de Cesantía ofrece beneficios significativos para aquellos que se encuentran sin empleo, proporcionando un apoyo financiero durante la búsqueda de nuevas oportunidades laborales. Este seguro opera mediante la entrega de montos de manera parcelada a los beneficiarios, los cuales son financiados a partir de los depósitos mensuales realizados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Retiro total de fondos de la Cuenta Individual de Cesantía
En ciertas circunstancias, los afiliados tienen la opción de solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su CIC, administrada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Para llevar a cabo esta solicitud, es necesario estar afiliado al Seguro de Cesantía y ser pensionado. Esto incluye a aquellos pensionados que continúan trabajando en el ámbito de casa particular.
Requisitos para solicitar el retiro total de fondos
Los requisitos para solicitar el retiro total de los fondos de la CIC son los siguientes:
- Estar afiliado al Seguro de Cesantía.
- Ser pensionado, lo que incluye a los pensionados que trabajan en el sector de casa particular.
Traspaso de fondos a la cuenta de ahorro previsional
Los afiliados que son pensionados también tienen la posibilidad de transferir sus fondos, ya sea de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP. En el caso de que el pensionado pertenezca a una AFP, no es necesario presentar documentación adicional para realizar este trámite. Si se opta por realizar el proceso de manera presencial, el único requisito es presentar una cédula de identidad vigente.
Tipos de pensiones que permiten acceder a este beneficio
Para poder acceder a los beneficios del Seguro de Cesantía, es necesario que la pensión sea pagada por una AFP y puede incluir las siguientes modalidades:
- Pensión por vejez, ya sea a la edad legal o anticipada.
- Pensión por invalidez total, la cual debe ser acreditada mediante un certificado emitido por la AFP.
- Pensión por invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado, también acreditada con un certificado de la AFP.
- Pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Pensión de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Pensión del régimen previsional antiguo (IPS).
- Pensión por enfermedad terminal conforme a la Ley 21.309.