Condenan a 5 años por robo con intimidación a una adulta mayor en Santiago.

Condenan a cinco años de presidio efectivo a hombre que robó con intimidación a adulta mayor en Independencia

El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago ha dictado una condena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo a un hombre por el delito de robo con intimidación, ocurrido el 7 de marzo de 2022 en la comuna de Independencia, afectando a una mujer de 77 años.

Los hechos del caso indican que, alrededor de las 16:00 horas, el acusado ingresó al hogar de la víctima, quien se encontraba descansando en su dormitorio. En ese momento, la intimidó con un cuchillo, profiriendo amenazas de muerte e insultos, y sustrajo diversas joyas de oro y la suma de $300.000 en efectivo, huyendo del lugar con los objetos robados.

El tribunal determinó que el acusado actuó con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de la víctima, aprovechando que esta estaba sola y dormida. La intimidación fue considerada real y grave, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 436 del Código Penal, en relación con los artículos 432 y 439 del mismo cuerpo legal.

Durante el juicio, se valoró especialmente el testimonio de la víctima, que fue calificado como coherente y consistente, corroborado por las declaraciones de su hija y un vecino que presenció la huida del acusado, así como por antecedentes policiales obtenidos tras el asalto. El tribunal subrayó el impacto emocional que sufrió la víctima al recordar el incidente.

Por otro lado, la defensa del acusado argumentó que este solo había ingresado al patio de la casa para esconderse de Carabineros y que no había robado nada. Sin embargo, esta versión fue desestimada por el tribunal, que la consideró carente de respaldo probatorio y incompatible con las evidencias presentadas durante el juicio. Además, se rechazó la posibilidad de que existiera una animadversión previa que justificara una acusación falsa por parte de la víctima, quien conocía al acusado desde su infancia.

En cuanto a la responsabilidad penal, el tribunal concluyó que no existían circunstancias atenuantes, dado el historial del condenado por delitos similares, y desestimó la posibilidad de aplicar una pena menor por colaboración sustancial, ya que su declaración no contribuyó al esclarecimiento de los hechos.

Dado el tiempo de la pena impuesta, el tribunal ordenó que el cumplimiento de la sanción privativa de libertad sea efectivo, comenzando desde el 12 de noviembre de 2025, fecha en la que el condenado se encuentra en prisión preventiva por este caso. También se dispuso la exención del pago de costas, la toma de muestra genética conforme a la ley y las comunicaciones pertinentes a los órganos administrativos competentes.