Corte Suprema destituye a Ángela Vivanco por irregularidades y presiones indebidas en su gestión

La Corte Suprema destituye a Ángela Vivanco por irregularidades y presiones indebidas.
La Corte Suprema destituye a Ángela Vivanco por irregularidades y presiones indebidas.

La Corte Suprema justifica la remoción de Ángela Vivanco por irregularidades en su desempeño y presiones indebidas en la tramitación de causas.

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, anunció que el pleno del máximo tribunal ha decidido, de manera unánime, destituir a la ministra Ángela Vivanco de su cargo. Esta decisión se fundamenta en una serie de actuaciones que han sido calificadas como un “padrón de conductas inadecuadas”. En el fundamento de la resolución se establece que “el conjunto de antecedentes reunidos y los hechos que han sido posible constatar, permiten determinar y concluir que la ministra Ángela Vivanco Martínez incurrió en un comportamiento que afecta los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia que rigen a los miembros de la magistratura y que, desde luego, priman por sobre su derecho a la inamovilidad, al haber comprometido gravemente con su mal comportamiento los cimientos del Estado de Derecho”.

La sentencia, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 80 de la Constitución Política de la República, declara, por unanimidad, que Vivanco “no ha tenido un buen comportamiento en el ejercicio de sus funciones y, en consecuencia, se acuerda la remoción de su cargo como ministra de esta Corte Suprema de Justicia”. Esta decisión se produce tras la revelación de diversas conversaciones en el contexto del caso conocido como “Audios”, donde Vivanco intercambiaba mensajes con el abogado Luis Hermosilla sobre su actuación en diferentes causas y la integración de sala.

Ricardo Blanco detalló que entre las irregularidades cometidas por Vivanco se encuentran la “vulneración del secreto” de las causas, “presiones indebidas” y un “actuar inadecuado” para un ministro de la Corte Suprema. Cabe recordar que la magistrada ya había sido suspendida de su cargo el 9 de septiembre y la Corte había iniciado un proceso de remoción en su contra. Además, la Cámara de Diputados aprobó recientemente una acusación constitucional en su contra, junto al ministro Sergio Muñoz, la cual será evaluada por el Senado el próximo 15 de octubre.

En relación al caso Belaz Movitec/Codelco, se establece que las actuaciones de Vivanco en la tramitación y conocimiento de las causas del Consorcio Belaz Movitec SpA con Codelco evidencian que la ministra tuvo una participación inadecuada. Se señala que realizó gestiones para que la sala conociera de la orden de no innovar y del fondo del recurso interpuesto en la causa, sin que el presidente de la Corte Suprema de ese momento hubiera dictado la resolución correspondiente. Posteriormente, se encomendó la dictación de una resolución que intentaba validar el conocimiento del fondo del asunto sin el decreto previo que ordenaba dar cuenta.

En otras dos causas del mismo consorcio, a pesar de que el criterio de la sala era elaborar los proyectos para fallo conforme al orden de antigüedad, la ministra Vivanco exigió a la relatora que la sentencia se firmara rápidamente, a pesar de que existían otras causas más antiguas que debían ser resueltas primero. La resolución indica que “el comportamiento desplegado por la ministra revela irregularidades en la tramitación de causas a través de presiones indebidas ejercidas sobre funcionarios de categoría inferior en el escalafón primario, excediendo con su conducta el desempeño ministerial que le corresponde en su calidad de juez”.

En cuanto a los nombramientos, se menciona que Vivanco tuvo injerencia en distintos nombramientos de cargos vacantes. En el último proceso de designación para fiscal nacional del Ministerio Público, se reveló la existencia de ciertos chats en los que su pareja participaba en gestiones para que el postulante Carlos Palma se desistiera en favor de otro candidato, a cambio de un doctorado y un futuro cargo en una fiscalía regional de Santiago. La sentencia concluye que “lo expuesto da cuenta de un patrón de conducta que se aleja del buen comportamiento exigible para un ministro de la Corte Suprema de Justicia, al intentar conformar redes de influencias, proceder incompatible con el cargo”.