La Comisión de Constitución avanzó en el debate de un grupo de mociones que modifican la Carta Fundamental y cuyo contenido busca legislar en torno a lo que ha sido denominado como un “segundo retiro de fondos previsionales”.
De esta manera, en primer término, la comisión aprobó, en general, el proyecto que modifica la Carta Fundamental para posibilitar el retiro de fondos previsionales tratándose de personas afectadas por una enfermedad terminal (boletín 13757).
Posteriormente, la instancia acordó agrupar las diferentes mociones, aprobando la fusión de dos de estas, que buscan facultar al Juez de Familia a autorizar el retiro de fondos de pensiones del alimentante moroso (boletines 13.687 y 13.713). Igualmente, acordó refundir las iniciativas cuyo fin es permitir el retiro excepcional de fondos acumulados bajo la modalidad de rentas vitalicias (boletines 13763, 13.764 y 13.819) y, finalmente, los proyectos para establecer y regular un mecanismo de retiro de fondos previsionales (boletines 13.736 y 13.800).
Este acuerdo debe ser ahora ratificado por la Sala de la Corporación.
Exposiciones sobre los proyectos
Para este debate estuvieron presentes el ministro de Hacienda, Ignacio Briones; el presidente del Banco Central, Mario Marcel y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, María Soledad Piñeiro.
La ronda de intervenciones partió con la exposición de Mario Marcel, que precisó que “si no hubo una mayor volatilidad con el primer retiro fue debido a que se movilizaron los reguladores, el Banco Central y los propios fondos de pensiones para minimizar el impacto en los mercados financieros, considerando que el retiro era por una sola vez”.
“Un segundo retiro no es una repetición mecánica del primero, porque cambia la situación, beneficiarios, estado de economía y otros, que son necesarios de hacer, para implementar una medida de este tipo”, explicó.
En cuanto al retiro asociado a rentas vitalicias, Marcel cree que “se producen problemas de carácter jurídico que son más significativos por el hecho de que este tipo de instrumento es producto de un contrato, a través del cual, el afiliado o el pensionado compra una renta vitalicia a una compañía de seguro”.
Posteriormente, el ministro de Hacienda sostuvo que un segundo retiro estaría sesgado a personas de mayores ingresos y, que, de acuerdos a sus antecedentes, “el efecto de ambos retiros, de producirse el segundo, implicaría una reducción de las pensiones promedio en un 23%”.
Ignacio Briones reiteró que “es incompatible proponer al mismo tiempo un retiro que debilita las pensiones con, simultáneamente, hacer un esfuerzo hacia una reforma previsional que fortalezca y aumente las pensiones”.
Al respecto, indicó que “cada retiro equivale aproximadamente a dos puntos de esa cotización (adicional) de 6 puntos que hoy está en debate”.
Por su parte, la presidenta de los Magistrados, María Soledad Piñeiro, se refirió en específico al proyecto que faculta al Juez de Familia a autorizar el retiro de fondos de pensiones del alimentante moroso, en el que, a su parecer, es necesario realizar modificaciones, entre otras, para que la actuación se realice a petición de parte, es decir, que se entregue a la parte interesada el impulso de la gestión.
Impuesto al patrimonio
Posteriormente, los parlamentarios escucharon a un grupo de abogados tributaristas respecto del proyecto de reforma constitucional que establece por única vez, un impuesto al patrimonio de determinadas personas naturales, destinado al financiamiento de una renta básica de emergencia (boletín 13.555).
El texto propone que quedará gravado con una tasa de 2,5% el patrimonio bruto de las personas naturales que sea equivalente a un valor igual o superior a 22 millones de dólares.
Participaron de este debate los abogados Alfredo Ugarte; Victor Manuel Ávila; Macarena Navarrete; Francisco Saffie; Francisco Selame, Juan Manuel Baraona y Christian Aste.
En general, los profesionales fueron críticos con el texto legal y manifestaron observaciones y dudas, ya que entre otros argumentos que mencionaron, podría generar un efecto indeseado como la fuga de capitales.
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