La Comisión de Vivienda y Urbanismo terminaron la revisión de los cambios llevados a cabo por la Cámara Baja al proyecto sobre la nueva ley de copropiedad inmobiliaria luego de meses de trabajo. La Comisión decidió rechazar una serie de materias que deberán ser resueltas en la sesión de la Comisión Mixta.
Mientras tanto, la Sala deberá reconocer este resultado. De ser así, se informará a los diputados que deberán conformar esta instancia legislativa especial.
Dentro de la discusión, se encuentran los más variados tópicos respecto a la vida en comunidad. Por ejemplo, la Comisión estudió: la clasificación de los condominios, las distintas fórmulas de resolución de conflictos, las exigencias urbanas de construcción, el rol de la asamblea de copropietarios, del comité de administración y de los administradores de condominios, además de la situación de las viviendas sociales.
Los puntos que se discutirán en la Mixta
En caso de que la Sala ratifique el informe de la Comisión, deberán ser resueltos los siguientes puntos, en una Comisión Mixta integrada por senadores y diputados. La idea es que se logre consensuar un texto que cumpla las condiciones para ser promulgado como ley.
- Los copropietarios podrán adaptar, en el reglamento de copropiedad, normas relacionadas con el uso habitacional y comercial de las unidades de vivienda en cuanto al alojamiento temporal y el uso de plataformas digitales.
- El seguro de incendio deberá ser contratado colectivamente por el administrador de los condominios.
- Limitar a 150 las unidades de las viviendas sociales en cada conjunto habitacional.
- Aclarar el rol de la asamblea, el comité de administración y el administrador. Ocurre en la práctica, una disputa entre estas dos últimas figuras, por lo que se busca precisar que el administrador está al servicio del comité, el que a su vez representa a la asamblea.
- Extender o no la aplicación de la ley de copropiedad a las parcelaciones de agrado. En la actualidad, este tipo de urbanizaciones se encuentra excluida de la posibilidad de aplicar estas disposiciones, pese a tener algunas características similares a las copropiedades.
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