El Tribunal Ambiental desestima reclamo de empresa de bolsas plásticas contra el MMA.

Tribunal Ambiental desestima reclamación de empresa contra el Ministerio del Medio Ambiente por interpretación de Ley N°21.100 sobre bolsas plásticas

El Segundo Tribunal Ambiental de Chile desestimó la reclamación de una empresa de bolsas plásticas contra el Ministerio del Medio Ambiente, en relación a la Ley N°21.100, que prohíbe su uso en el comercio.

La decisión fue tomada por un tribunal compuesto por la ministra Marcela Godoy Flores, quien actuó como presidenta (s), el ministro Cristian López Montecinos y el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Rodrigo Carrasco Meza. La sentencia fue redactada por la ministra Godoy.

La controversia surgió tras la promulgación de la Ley N°21.100, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas en el comercio. El Ministerio del Medio Ambiente recibió una consulta sobre la definición de “componente fundamental” en el contexto de esta ley. Aunque el ministerio indicó que no tenía competencias para interpretar la ley, su respuesta sugirió que cualquier polímero derivado del petróleo que forme parte de una bolsa plástica se consideraría un “componente fundamental”, independientemente de su proporción en la mezcla.

La empresa Papier-Mettler Chile SpA llevó el caso al Segundo Tribunal Ambiental después de que el ministerio declarara inadmisible su solicitud de invalidación de la carta que contenía esta opinión técnica. La empresa argumentó que la carta afectaba sus derechos e intereses económicos, ya que su contenido había sido difundido y podría influir en su competitividad en el mercado.

El tribunal determinó que la carta del ministerio no constituía un acto administrativo que interpretara la ley, ya que el ministerio no tiene la autoridad para emitir tales actos. Además, el tribunal señaló que existe actualmente una iniciativa legislativa en el Congreso que busca modificar la definición de “componente fundamental” en la Ley N°21.100, lo que podría aclarar las dudas existentes.

El tribunal también concluyó que la carta del ministerio no afectaba los derechos de la empresa reclamante y que su publicación en un sitio web no le confería carácter de acto administrativo. La sentencia subrayó que el uso indebido de la opinión del ministerio por parte de terceros no era responsabilidad del MMA.

Finalmente, el tribunal coincidió con el ministerio en que la decisión de declarar inadmisible la solicitud de invalidación era correcta, dado que la carta no tenía valor como acto interpretativo de la ley. La sentencia se centró en las competencias del ministerio y no abordó el sentido y alcance de la ley en sí.

La Ley N°21.100 fue publicada el 3 de agosto de 2018 y tiene como objetivo proteger el medio ambiente mediante la prohibición de la entrega de bolsas plásticas en el comercio. La consulta que originó el conflicto fue realizada el 8 de mayo de 2023, y la respuesta del ministerio se emitió el 5 de junio de 2023. La reclamación ante el tribunal se presentó el 19 de marzo de 2025, y la audiencia se llevó a cabo el 27 de noviembre de 2025.