SII vigilará transferencias para detectar contribuyentes en la informalidad tributaria

SII vigilará a quienes reciban más de 50 transferencias mensuales de diferentes remitentes.
SII vigilará a quienes reciban más de 50 transferencias mensuales de diferentes remitentes.

En el marco de la Ley de Cumplimiento Tributario, conocida como la norma “antievasión”, se establecen nuevas obligaciones para los bancos en relación con la información de los contribuyentes. Esta ley tiene como objetivo asegurar que todos los ciudadanos cumplan con sus responsabilidades fiscales. A partir de 2025, los bancos deberán informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre aquellos contribuyentes que reciban un número significativo de transferencias en un periodo determinado.

Obligaciones de los bancos

Según la normativa, los bancos están obligados a reportar al SII sobre contribuyentes que reciban 50 o más transferencias de personas distintas en un solo día, o 100 transferencias en un semestre. Además, deberán informar sobre el monto total de estas operaciones. Esta información se enviará de manera semestral, específicamente en los meses de julio y enero, y el primer reporte se llevará a cabo en enero de 2025, abarcando el semestre de julio a diciembre de 2024.

Objetivo de la normativa

La subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, explicó que la información recopilada será utilizada para realizar análisis que permitan identificar a aquellos que realizan actividades comerciales y que, por lo tanto, deberían estar pagando impuestos. Tras este análisis, se llevarán a cabo fiscalizaciones en los casos donde existan indicios claros de incumplimiento tributario o comercio informal. Saravia afirmó: “Lo que busca la norma es poder detectar a aquellos contribuyentes que están actuando en la informalidad y que no están pagando los impuestos que corresponden”.

Casos de fiscalización

Saravia también destacó que el SII no solo se basará en la información bancaria, sino que considerará otros antecedentes para enfocar sus esfuerzos en aquellos que presentan un mayor riesgo de incumplimiento. Un ejemplo de esto son los vendedores que operan a través de redes sociales sin haber formalizado su actividad, es decir, aquellos que no tienen inicio de actividades y no emiten boletas a sus compradores. En estos casos, el SII sí procederá a la fiscalización. Saravia enfatizó que es fundamental que “quienes realizan una actividad que genera ingresos cumplan con la normativa vigente”, lo que incluye tener un inicio de actividades, emitir los documentos tributarios correspondientes y pagar los impuestos.

Excepciones a la norma

Por otro lado, Saravia aclaró que la normativa no está dirigida a personas que no realizan actividades comerciales. Por ejemplo, aquellos que reciben un alto número de transferencias por ser tesoreros de un curso, organizar rifas solidarias, o recaudar fondos para actividades sociales o familiares no serán objeto de fiscalización. La subdirectora de Fiscalización subrayó: “Esta es una norma que busca fiscalizar la informalidad. No buscamos fiscalizar las relaciones que pueda haber entre las personas, donde existan transferencias electrónicas”.

Consideraciones finales

El SII ha indicado que, antes de programar una fiscalización, se tomarán en cuenta diversos elementos de análisis. En conclusión, el SII ha enfatizado que cualquier persona que realice una actividad comercial debe formalizarse, emitir boletas y cumplir con sus obligaciones fiscales. En el sitio web del Servicio de Impuestos Internos se encuentra disponible toda la información necesaria para llevar a cabo estos trámites.