La herencia es un proceso legal que las familias deben seguir tras el fallecimiento de uno de sus miembros, y puede incluir tanto activos como deudas. La herencia, ya sea con o sin testamento, implica que los activos del fallecido deben ser transferidos a ciertas personas, dependiendo de su relación familiar o conyugal. Antes de que los herederos puedan reclamar la herencia, es necesario que realicen la posesión efectiva, un trámite que se puede llevar a cabo en los tribunales civiles del país con la asistencia de un abogado, o en el Registro Civil sin necesidad de asesoría legal.
¿Las deudas se heredan?
Para muchas personas, el término ‘herencia’ evoca la idea de recibir dinero, propiedades, vehículos, joyas y otros activos que el fallecido deja a sus herederos. Sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos (SII) proporciona una definición más amplia: “La herencia es un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que son transmisibles a sus herederos o legatarios al morir una persona”. En este contexto, las obligaciones se refieren a las deudas que el fallecido tenía al momento de su muerte. Por lo tanto, es importante destacar que las deudas sí se heredan y deben ser evaluadas durante el proceso de tasación de los bienes del difunto.
Durante este proceso, se debe especificar el monto de las deudas, así como el nombre o razón social del acreedor, el título de la deuda y la fecha en que fue contraída. Esta información es detallada en la circular Nº 19 emitida por el SII.
¿Cómo evitar heredar deudas?
La legislación ofrece tres opciones para evitar heredar deudas. La primera opción es renunciar a la herencia, lo que significa que la persona no solo se desliga de las deudas, sino que también pierde el acceso a cualquier activo que pudiera haber dejado el causante. Para renunciar, es necesario asegurarse de no ser nombrado heredero en la respectiva posesión efectiva.
La segunda opción es aceptar la herencia con beneficio de inventario. Esto implica que si el total de las deudas supera el valor de los bienes heredados, los herederos solo serán responsables por el monto equivalente al valor de los activos que han recibido. Por ejemplo, si las deudas ascienden a $10 millones y el inventario de la herencia está valorado en $5 millones, los herederos solo pagarán hasta $5 millones.
Finalmente, existe la posibilidad de que las deudas del causante estén respaldadas por un seguro de desgravamen, que es un tipo de seguro que se contrata al solicitar un crédito hipotecario o de manera voluntaria para créditos de consumo. Este seguro cubre el saldo de la deuda en caso de fallecimiento del titular. Para que el seguro sea efectivo, es necesario presentar el certificado de defunción del deudor a la entidad financiera que otorgó el crédito.