La Corte Suprema de Chile ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de La Serena, que había anulado la expulsión de una ciudadana venezolana del país, tras acoger su reclamación contra el Servicio Nacional de Migraciones. La mujer había sido sancionada por ingresar de manera irregular al territorio nacional, pero argumentó que no se le había notificado adecuadamente sobre el inicio del procedimiento sancionatorio, lo que vulneró su derecho al debido proceso.
La reclamante, quien reside en Chile desde 2021 junto a su familia, expuso que la resolución de expulsión era ilegal y que no se le brindó la oportunidad de presentar sus descargos. Además, destacó su situación personal, ya que trabaja en el país, tiene dos hijos menores que asisten a la escuela y cuenta con hermanos que tienen residencia definitiva en Chile.
El Servicio Nacional de Migraciones, por su parte, defendió la expulsión argumentando que la mujer había ingresado al país por un paso no habilitado, lo que constituía una infracción según el artículo 32 N°3 de la Ley N°21.325. La entidad afirmó que se le otorgó un plazo de diez días hábiles para presentar sus descargos, los cuales no fueron enviados, lo que llevó a la autoridad a considerar la expulsión como la única sanción posible.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de La Serena determinó que, aunque la resolución de expulsión parecía ajustada a la normativa, carecía de proporcionalidad y razonabilidad en este caso particular. El tribunal subrayó que la mujer es madre de dos niños escolarizados, no tiene antecedentes penales ni ha reincidido en infracciones migratorias, y que su situación familiar la coloca en una posición de vulnerabilidad.
Además, la Corte concluyó que no se demostró que la presencia de la reclamante representara un peligro para la seguridad nacional o el orden público. También se destacó que el Servicio Nacional de Migraciones no probó que la notificación del inicio del procedimiento sancionatorio se hubiera realizado de manera adecuada, lo que afectó su derecho a defensa.
Por lo tanto, la Corte de Apelaciones dejó sin efecto la resolución de expulsión y ordenó que el procedimiento administrativo se retrotrajera a su estado inicial, permitiendo a la interesada presentar la documentación necesaria. La decisión de la Corte Suprema, al confirmar este fallo, reafirma la importancia del debido proceso en los procedimientos migratorios.
