La Corte Suprema de Chile ha acogido un recurso de queja presentado por un demandante, revocando una decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción que había declarado la incompetencia del Juzgado de Letras del Trabajo para conocer una demanda de indemnización por enfermedad profesional.
El demandante argumentó que la resolución de la Corte de Apelaciones vulneró varios artículos del Código del Trabajo, así como derechos constitucionales relacionados con el debido proceso y la tutela judicial efectiva. En su análisis, la Corte Suprema destacó que el recurso de queja es procedente solo en casos de falta o abuso grave, lo que se traduce en un error manifiesto que afecta el resultado de la resolución.
En este caso, el máximo tribunal concluyó que la Corte de Apelaciones había limitado incorrectamente el alcance del artículo 423 del Código del Trabajo, que establece reglas especiales de competencia territorial en favor del trabajador. La Corte examinó los antecedentes y determinó que el demandante, quien había trabajado desde 2017 bajo sistemas excepcionales de jornada, se trasladaba frecuentemente desde su hogar en San Pedro de la Paz a diversas faenas en la Región Metropolitana y en el norte del país. Aunque regresaba a su domicilio durante los períodos de descanso, la naturaleza de su trabajo requería su presencia prolongada en los lugares de faena.
El fallo de la Corte Suprema aclaró que el concepto de “traslado de residencia” mencionado en el artículo 423 no implica necesariamente un cambio formal de domicilio, sino que basta con que el trabajador resida temporalmente en el lugar donde presta sus servicios. Además, se estableció que no es necesario que el traslado esté expresamente indicado en el contrato de trabajo, siempre que se pueda inferir de la naturaleza de las labores realizadas.
Con base en estos argumentos, la Corte Suprema determinó que el tribunal laboral de Concepción era competente para conocer la demanda, dado que se trataba del domicilio del trabajador que había tenido que trasladar su residencia debido a su contrato laboral. Como resultado, la Corte acogió el recurso de queja, anuló la resolución de la Corte de Apelaciones y la sentencia interlocutoria de primer grado que había declarado la incompetencia, ordenando la celebración de una nueva audiencia preparatoria ante un juez no inhabilitado.
