La Corte Suprema confirma expulsión de ciudadano venezolano por ingreso irregular.

Corte Suprema reafirma legalidad de expulsión administrativa por ingreso irregular, rechazando reclamación de ciudadano venezolano en Chile

La Corte Suprema de Chile ha revocado la decisión de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, rechazando el recurso de reclamación presentado por un ciudadano venezolano que buscaba impugnar su expulsión del país. El hombre había ingresado a Chile a través de un paso no habilitado, eludiendo así el control migratorio.

El ciudadano venezolano argumentó que la resolución que ordenó su expulsión era ilegal y desproporcionada, ya que no fue notificado adecuadamente del inicio del procedimiento administrativo. Según su versión, el oficio correspondiente fue enviado a un correo electrónico incorrecto, y solo se enteró del proceso cuando la Policía de Investigaciones le notificó personalmente. Además, destacó que carece de antecedentes penales en Chile y que su ingreso al país fue motivado por la grave crisis en su país de origen, así como su paternidad de un hijo chileno, cuyo interés superior, según él, debía ser considerado.

Por su parte, el Servicio Nacional de Migraciones defendió la legalidad de la expulsión, argumentando que el extranjero había ingresado al país de manera irregular y que la notificación del procedimiento se realizó conforme a la ley, al ser enviada al correo electrónico que el reclamante había proporcionado. Afirmaron que el reclamante no presentó descargos dentro del plazo legal, lo que llevó a la autoridad a dictar la orden de expulsión basándose en la normativa vigente.

La Corte de Apelaciones de Coyhaique había acogido la reclamación del venezolano, argumentando que no se había acreditado la correcta notificación del inicio del procedimiento, lo que vulneró su derecho a defensa. El tribunal consideró las circunstancias personales del reclamante, como su falta de antecedentes penales y su vínculo familiar en Chile, y decidió dejar sin efecto la orden de expulsión, ordenando un nuevo procedimiento administrativo.

Sin embargo, la Corte Suprema, al revisar el caso, determinó que la notificación se había realizado de acuerdo con lo estipulado en la Ley N° 21.325, que regula los procedimientos migratorios. La Corte subrayó que el reclamante no ejerció su derecho a presentar descargos en el tiempo adecuado, lo que invalidó su argumento sobre la falta de notificación.

En cuanto a la legalidad de la expulsión, la Corte Suprema reafirmó que el ingreso al país por un paso no habilitado es una causal de expulsión claramente establecida en la ley. Además, el tribunal consideró que las circunstancias personales del reclamante, aunque relevantes, no eran suficientes para impedir la aplicación de la medida de expulsión, dado que no demostró cumplir con sus obligaciones familiares ni contaba con la autorización legal para trabajar en el país.

Finalmente, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y confirmó la expulsión del ciudadano venezolano, reafirmando la legalidad del procedimiento seguido por el Servicio Nacional de Migraciones. El ministro Astudillo, aunque había tenido una postura diferente en el pasado, se alineó con la decisión del tribunal, enfatizando la importancia de la uniformidad en la aplicación de la ley.