La Corte Suprema Federal de Argentina ha dictado una sentencia que obliga al Estado Nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, así como a los municipios de Rosario y Victoria, a implementar el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible (PIECAS-DP) para abordar la recurrente quema de pastizales. Esta decisión se produce tras el devastador episodio de incendios que en 2020 consumió más de 328 mil hectáreas, afectando gravemente tanto el ecosistema como la salud de la población.
Entre enero y septiembre de 2020, se registraron 328.995 hectáreas quemadas en el Delta del Río Paraná, lo que representa aproximadamente el 14% del área cubierta por el PIECAS-DP. Los incendios impactaron en las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, devastando 173.816 hectáreas de áreas naturales protegidas, 2.402 hectáreas de bosque nativo, y 290.003 hectáreas de zonas ganaderas, entre otros. Este fenómeno ha generado un grave problema de salud pública debido al humo y hollín que han afectado a la población local.
La Asociación Equística Defensa del Medio Ambiente presentó una demanda contra el Estado Nacional y las provincias implicadas, exigiendo el cese inmediato de los incendios en las islas frente a Rosario y la erradicación definitiva de la quema ilegal de pastizales. La organización destacó que este problema se repite anualmente, y que en 2020 se alcanzó un nivel crítico.
En agosto de 2020, la Corte asumió competencia originaria y ordenó que se trasladara la acción a los demandados, incluyendo a Buenos Aires como tercero en la controversia. Además, se estableció una medida cautelar para la creación inmediata de un Comité de Emergencia Ambiental (CEA) en el marco del PIECAS-DP, con el fin de prevenir y controlar los incendios.
Con el avance del proceso, la Corte condenó a los demandados a ejecutar el PIECAS-DP, subrayando que el acuerdo interjurisdiccional vigente desde 2008 es el marco adecuado para coordinar políticas preventivas. Los ministros del tribunal señalaron que uno de los objetivos centrales del plan es encontrar soluciones efectivas para los incendios en un humedal que es ambientalmente frágil, aunque reconocieron que los avances hasta la fecha han sido insuficientes.
En sus defensas, el Estado Nacional argumentó que la responsabilidad de la protección de los recursos naturales recae en las provincias. Por su parte, Entre Ríos alegó que el reclamo se había vuelto abstracto debido a la falta de focos activos, mientras que Santa Fe indicó que, aunque los incendios ocurren fuera de su territorio, sus efectos la afectan. Buenos Aires defendió su actuación, afirmando que no había actuado ilegalmente y que había elaborado un plan estratégico de prevención. Rosario cuestionó su inclusión en la demanda, y Victoria reconoció que gran parte de las islas está bajo su jurisdicción, aunque argumentó que no tiene facultades para controlar los incendios.
La Corte enfatizó que la implementación del PIECAS-DP debe incluir la participación activa de los municipios para asegurar un trabajo coordinado en la regulación y fiscalización de actividades que puedan ser perjudiciales. En su fallo, el tribunal destacó que su intervención permitió identificar áreas afectadas y causas de los incendios, así como establecer compromisos de prevención, aunque aclaró que el monitoreo y la ejecución del plan son responsabilidad de las autoridades políticas.
Finalmente, la Corte resolvió que los Estados demandados deben implementar el PIECAS-DP, instalar equipamiento e infraestructura para alertas tempranas, activar la red de Faros de Conservación y ejecutar un Plan Sistemático de Control y Manejo del Fuego para el Delta.
