La Suprema Corte restablece la expulsión de extranjera por ingreso irregular.

Corte Suprema confirma expulsión de extranjera tras ingreso irregular, desestimando argumentos sobre derechos familiares y personales

La Corte Suprema de Chile ha revocado la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que había anulado la expulsión de una ciudadana extranjera dispuesta por el Servicio Nacional de Migraciones (SENAMI). La resolución de la Corte Suprema reafirma la legalidad de la expulsión, fundamentada en el ingreso de la reclamante al país por un paso no habilitado.

La ciudadana, cuya identidad no ha sido revelada, había impugnado la Resolución Exenta N° 582, emitida el 1 de octubre de 2025, que ordenaba su expulsión y establecía una prohibición de ingreso a Chile por cinco años. En su defensa, argumentó que la decisión vulneraba sus derechos fundamentales, dado que padece una grave patología neurológica, no tiene antecedentes penales ni ha cometido infracciones migratorias previas, y es madre de una niña de diez años que asiste a la escuela en el país. La reclamante también alegó que la autoridad no consideró adecuadamente el interés superior de su hija y la unidad familiar, tal como lo establece el artículo 129 de la Ley N° 21.325.

Por su parte, el Servicio Nacional de Migraciones defendió la legalidad de la expulsión, afirmando que fue dictada por una autoridad competente y en ejercicio de las facultades que le otorga la ley, basándose en el ingreso clandestino de la reclamante al territorio nacional. El SENAMI argumentó que la ciudadana fue notificada del procedimiento sancionador y que, a pesar de presentar descargos, no logró demostrar circunstancias que justificaran una excepción a la medida de expulsión.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta había acogido el reclamo de la ciudadana, considerando que, aunque existía una causal legal de expulsión, los antecedentes presentados mostraban un arraigo familiar significativo y la ausencia de antecedentes penales, lo que hacía que la medida fuera desproporcionada y arbitraria, especialmente por la situación de su hija.

Sin embargo, la Corte Suprema determinó que la resolución de expulsión se ajustaba al principio de juridicidad, subrayando que el ingreso por un paso no habilitado es una causal grave de expulsión, conforme a los artículos 32 N° 3 y 127 N° 1 de la Ley N° 21.325. La Corte también destacó que la reclamante no presentó pruebas suficientes que justificaran la no aplicación de la medida de expulsión, a pesar de los argumentos sobre su situación personal y familiar.

Finalmente, la Corte Suprema concluyó que no hubo ilegalidad ni arbitrariedad en la actuación del Servicio Nacional de Migraciones, revocando la sentencia de la Corte de Apelaciones y rechazando el reclamo judicial de la ciudadana.