La Corte de Coyhaique revoca destitución de funcionaria por viaje en licencia médica.

Corte de Coyhaique revoca destitución de funcionaria municipal por viaje a Argentina durante licencia médica y ordena su reincorporación

La Corte de Apelaciones de Coyhaique ha decidido acoger un recurso de protección presentado por una funcionaria municipal que fue destituida tras viajar al extranjero mientras se encontraba con licencia médica. La decisión de la corte implica la anulación de la sanción y la reincorporación inmediata de la funcionaria a su puesto, así como el pago de sus remuneraciones desde la fecha de su destitución.

La funcionaria, quien ha trabajado en la Municipalidad de Coyhaique desde el 1 de enero de 2012, argumentó que su destitución fue arbitraria e ilegal. Según su relato, el 14 de abril de 2023 solicitó y recibió autorización para un permiso administrativo por media jornada, lo que le permitió viajar a Argentina. Sin embargo, el 22 de mayo de 2023, la municipalidad emitió un decreto que modificó la justificación de su ausencia, alegando que había estado con licencia médica durante el tiempo de su viaje. Este cambio fue solicitado por la jefa del Departamento de Gestión de Personas, Carla Albornoz.

La funcionaria defendió su posición afirmando que su permiso administrativo seguía vigente, ya que la licencia médica fue otorgada después de que solicitó el permiso. Además, destacó que no fue ella quien pidió la anulación del permiso, sino que fue una decisión tomada por la administración municipal. En su defensa, también mencionó que la municipalidad no cumplió con los procedimientos adecuados al no notificarla correctamente sobre la modificación de su situación laboral.

El municipio, por su parte, argumentó que la funcionaria había violado las condiciones de su licencia médica al salir del país y que se había instruido un sumario administrativo que concluyó con su destitución. En este proceso, la funcionaria admitió haber viajado a Argentina mientras estaba con licencia médica, lo que llevó a la municipalidad a considerar su conducta como una falta grave.

La Corte de Apelaciones, al revisar el caso, determinó que no había evidencia suficiente que respaldara la afirmación de que la funcionaria había solicitado el cambio de justificación de su ausencia. Además, la corte observó que el fiscal que instruyó el sumario había actuado de manera dual, lo que comprometía la imparcialidad del proceso. La corte también destacó que la sanción de destitución era desproporcionada, considerando que la ausencia de la funcionaria fue por un breve período y que había mantenido un historial laboral intachable durante más de una década.

Finalmente, la Corte de Apelaciones de Coyhaique resolvió dejar sin efecto la destitución de la funcionaria, ordenando su reincorporación inmediata y el pago de todas las remuneraciones y beneficios devengados desde su destitución. Este fallo resalta la importancia del debido proceso y la necesidad de que las sanciones administrativas sean proporcionales y justas.