Corte de Santiago ordena eliminar reportaje de COPESA por vulnerar derechos de reinserción social y honra

El reportaje sobre el actor se encuentra bajo reserva judicial por su contenido personal.
El reportaje sobre el actor se encuentra bajo reserva judicial por su contenido personal.

La Corte de Apelaciones de Santiago ha decidido acoger un recurso de protección presentado contra el Consorcio Periodístico de Chile S.A. (COPESA), debido a la permanencia en su portal web de un reportaje que afecta el derecho a la honra y a la reinserción social y laboral del demandante.

Detalles del recurso de protección

El recurrente argumentó que la publicación del reportaje en cuestión es un acto que considera ilegal y arbitrario, ya que incluye imputaciones que califica de falsas y divulga información personal y familiar que no es relevante desde el punto de vista periodístico. Esta situación, según el demandante, ha impactado negativamente en su reinserción social y laboral.

El recurrente también señaló que el reportaje menciona una causa judicial que ha sido sobreseída y expone datos privados de su familia que no tienen relevancia para el interés público. La accesibilidad continua de esta información en línea ha generado daños tanto económicos como profesionales para el actor, quien solicitó la eliminación de la publicación.

Respuesta de la Corte de Santiago

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción cautelar, argumentando que la permanencia indefinida del reportaje en el sitio web de COPESA excede el ejercicio legítimo del derecho a la información. La Corte consideró que esta situación afecta los derechos fundamentales del recurrente, incluyendo su honra, vida privada y la capacidad de desarrollar su actividad económica.

La Corte destacó que el contenido del reportaje incluye información personal y familiar que no es necesaria y presenta de manera sesgada una causa que ha sido sobreseída, lo que vulnera el derecho del demandante a la reinserción social, un derecho que está protegido por la decisión judicial de reserva de la causa. Además, la falta de respuesta por parte de la recurrida a la solicitud de eliminación del reportaje fue vista como un agravante de la arbitrariedad de la situación.

Consideraciones sobre la libertad de información

En su fallo, la Corte subrayó que, aunque la libertad de información es un pilar fundamental en una sociedad democrática y los medios de comunicación desempeñan un papel crucial en la difusión de información de interés público, este derecho no es absoluto y no puede prevalecer indefinidamente sobre otros derechos fundamentales.

La Corte también hizo hincapié en la importancia de la decisión del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la reserva del proceso penal, lo que refleja una ponderación entre el principio de publicidad de los actos judiciales y la necesidad de facilitar la reinserción social del condenado. Esta decisión judicial, adoptada con pleno conocimiento de los antecedentes del caso, debe ser considerada al evaluar la proporcionalidad de mantener la información en el portal web de la recurrida.

Análisis del contenido del reportaje

El fallo de la Corte indica que, al analizar el contenido del reportaje en cuestión, se concluye que su permanencia indefinida en el portal web de COPESA excede el ejercicio legítimo del derecho a la información por varias razones. En primer lugar, el reportaje incluye información personal y familiar que claramente supera el interés público en los hechos informados, abarcando detalles sobre relaciones familiares, situación matrimonial y patrimonial que no están directamente relacionados con los hechos que justificaron la cobertura periodística.

En segundo lugar, el reportaje presenta de manera tendenciosa una causa que ha sido sobreseída, sugiriendo una asociación inductiva que ha sido expresamente desestimada por los tribunales de justicia.

Conclusión del fallo

La Corte concluyó que la conducta de la recurrida se ha vuelto arbitraria no solo por la permanencia indefinida del reportaje en las circunstancias descritas, sino también por su falta de respuesta ante la solicitud formal del afectado. Esta omisión se agrava por no haber evacuado el informe requerido por la Corte, a pesar de las reiteradas instrucciones. Al recibir la solicitud de eliminación del reportaje, el medio de comunicación tenía la obligación de ponderar los derechos en conflicto y responder de manera fundamentada, especialmente considerando la existencia de nuevos antecedentes sobre el resultado del proceso penal y la decisión judicial de reserva. La completa falta de respuesta ante esta solicitud formal se considera una conducta arbitraria que refuerza la necesidad de protección judicial de los derechos fundamentales afectados.

En virtud de lo expuesto, la Corte de Santiago ha acogido el recurso de protección y ha ordenado a la recurrida eliminar el reportaje de sus plataformas digitales y de cualquier otro medio de comunicación que posea. El plazo para presentar un recurso de apelación contra esta resolución aún no ha expirado.