Contraloría establece nuevos criterios sobre licencias y vacancias en Gendarmería.

Contraloría aclara criterios sobre descuentos por licencias médicas y vacancia por salud en Gendarmería de Chile

La Contraloría General de la República de Chile emitió un pronunciamiento sobre dos temas relevantes que afectan a los funcionarios de Gendarmería de Chile: los descuentos aplicables en caso de rechazo o reducción de licencias médicas y el cómputo de licencias por más de seis meses en los últimos dos años, en relación con la declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible.

En su dictamen, la Contraloría abordó la solicitud de Gendarmería para reconsiderar el dictamen N° E33998 de 2020, que establece que, al rechazarse o reducirse una licencia médica, se deben realizar deducciones por los días en que el funcionario debía cumplir con sus funciones, pero no por aquellos días en que no estaba programado para trabajar. La institución argumentó que la aplicación de este criterio podría afectar la continuidad del servicio, ya que no podría realizar descuentos por jornadas no trabajadas. Sin embargo, la Contraloría reafirmó su postura, indicando que los descuentos son procedentes solo por los días que el funcionario debía desempeñar sus labores.

Además, Gendarmería solicitó una revisión de los criterios para las declaraciones de salud incompatible, considerando la modificación introducida por la Ley N° 21.050 en 2017. Esta ley establece que la decisión de declarar la salud incompatible puede verse influenciada por factores como restricciones presupuestarias, sobrecarga laboral y condiciones laborales adversas. La Contraloría recordó que el personal de Gendarmería se rige por la Ley N° 18.834 y el DFL N° 1.791 de 1979, que regulan las condiciones laborales de los funcionarios.

El dictamen también aclaró que, para que un funcionario sea declarado con salud incompatible, debe haber utilizado licencias médicas continuas o discontinuas que superen los seis meses en los últimos dos años, y que estas licencias deben estar autorizadas por el competente Servicio de Salud o Isapre. La Contraloría enfatizó que las licencias no autorizadas no pueden ser consideradas para este cómputo, ya que su validez depende de la autorización correspondiente.

Asimismo, se abordó el cómputo del plazo para declarar vacante un cargo por salud incompatible, aclarando que la expresión “en los dos últimos años” se refiere al período entre la fecha de emisión del acto administrativo que dispone la vacancia y los dos años anteriores. La Contraloría subrayó que, tras la modificación de la Ley N° 21.050, es necesario solicitar previamente a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) la evaluación del funcionario respecto a su condición de irrecuperabilidad. La resolución de la COMPIN es fundamental, ya que determina si la salud del funcionario es recuperable o no.

El dictamen concluyó que, para declarar vacante un cargo por salud incompatible, deben cumplirse dos requisitos: el uso de licencias médicas que superen los seis meses en los últimos dos años y la evaluación de la COMPIN sobre la irrecuperabilidad del funcionario. La Contraloría también indicó que cualquier cambio en la interpretación de estos criterios solo tendrá efectos hacia el futuro, sin afectar decisiones administrativas previas adoptadas bajo la doctrina anterior.

Este pronunciamiento de la Contraloría es relevante para la gestión de recursos humanos en Gendarmería y establece un marco claro sobre cómo deben manejarse las licencias médicas y las declaraciones de salud incompatible en el contexto de la normativa vigente.