Cómo postular al subsidio habitacional sin crédito

El DS49 permite comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria.

Subsidio de Elección de Vivienda

Para todos quienes aspiran a tener su casa propia y no han tenido los recursos para comprarla, el Estado dispone del Subsidio DS49, que permite efectuar la compra de una vivienda sin la necesidad de contar con un crédito hipotecario.

Este subsidio va orientado a familias que que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional. Permite tanto comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU de la región. 

En cuanto al mecanismo del Subsidio DS49, este se compone de ahorros individuales más el aporte estatal, a los que se pueden sumar aportes adicionales opcionales hechos por el o la postulante.

Los requisitos para postular son:

  • Tener 18 años de edad mínimo.
  • Postular con un núcleo familiar acreditado en el Registro Social de Hogares.
  • Tener un ahorro mínimo de 10 UF hasta el 31 de agosto del 2020 (14:00 horas). Cualquier depósito posterior a este horario, se hace efectivo al día siguiente.
  • Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda.
  • Pertenecer al 40% de la población con menos recursos, según el Registro Social de Hogares.
  • No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otros subsidios.

Quienes postulen sin núcleo familiar deberán:

  • Tener discapacidad acreditada por la COMPIN
  • Ser adultos mayores de 60 años
  • Tener calidad de indígenas
  • Ser viudos
  • Estar reconocidos como víctima de prisión política o tortura en el informe de la Comisión Rettig, o ser familiar de una.
  • En cuanto a los documentos que debes presentar, ingresa a este enlace para revisar el listado.

Para el Subsidio DS49 el aporte estatal de base es de 314 UF. Dicho aporte puede aumentar según el tipo y ubicación de la vivienda, así como también de acuerdo al núcleo familiar del o la postulante. Estos valores son:

  • Subsidio base desde 314 UF (varía según la comuna donde se ubica la vivienda).
  • Subsidios complementarios (según características de la vivienda y el grupo familiar):
  • Localización (zonas urbanas): 200 UF.
  • Factibilización (zonas rurales): 120 UF.
  • Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
  • Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
  • Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
  • Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.

De acuerdo al Minvu, las postulaciones para el DS49 tendrán dos modalidades y, por tanto, serán procesos independientes. El primero será la “Postulación colectiva”, de febrero a marzo; el segundo será la “Postulación individual”, en agosto.

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