El Bono por Desempeño Laboral es un beneficio económico que se otorga a los funcionarios públicos del ámbito educativo en Chile, y cobra especial relevancia en esta época del año. A finales de octubre, la Subsecretaría de Educación publicó la lista de trabajadores y trabajadoras que recibirán esta bonificación durante el periodo 2024 – 2025.
Detalles sobre los pagos del Bono
Este beneficio se distribuye en dos pagos: el primero se realizará en diciembre del presente año y el segundo en febrero del año siguiente. Según lo estipulado por la Ley 21.109, se establece que esta bonificación “no constituirá remuneración ni renta para todo efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, no estará afecta a descuento alguno”.
Requisitos para recibir el Bono por Desempeño Laboral
Los beneficiarios de esta ayuda económica están determinados por la Ley 21.109. Un artículo de esta ley especifica que recibirán el Bono por Desempeño Laboral aquellos funcionarios que trabajen en establecimientos educacionales que dependan de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), siempre que estos sean subvencionados o impartan enseñanza técnico profesional.
Además, también son elegibles los asistentes de la educación que laboren en establecimientos que estén bajo la administración de municipalidades y corporaciones municipales que continúen ofreciendo servicios educativos. Según un documento emitido por la Subsecretaría, para ser beneficiarios, los funcionarios deben cumplir con ciertos requisitos, como tener un contrato vigente al 31 de agosto de 2024 y trabajar durante una jornada laboral de 44 horas semanales. Para aquellos que trabajen menos horas, el bono se calculará de manera proporcional a su carga horaria.
Monto del Bono por Desempeño Laboral
El monto de la bonificación se compone de dos partes: un monto base de 6 UF (equivalente a $227.892, según el último valor informado de la unidad) y un monto variable que puede alcanzar hasta 4 UF (aproximadamente $151.928). La cifra variable se determina en función del grado de cumplimiento de un “indicador general de evaluación”, que se basa en cuatro pilares, cada uno con un porcentaje de cumplimiento asignado:
- Años de servicio en el sistema educacional público.
- Escolaridad.
- Convivencia escolar.
- Resultados controlados, por índice de vulnerabilidad escolar, del Simce por establecimiento, considerando el último nivel medido entre los dos años inmediatamente anteriores.
Aquellos asistentes de la educación que logren un puntaje del 80% o más en el indicador general de evaluación recibirán el monto máximo de 10 UF, es decir, $379.820, de acuerdo a lo que establece la ley.