El aguinaldo navideño es uno de los aportes económicos más esperados tanto por trabajadores como por personas jubiladas. Este año, el país ya ha definido las fechas de pago para el sector público.
Fechas de pago del aguinaldo navideño
La información sobre las fechas de pago del aguinaldo navideño fue publicada en el Diario Oficial. Según el anuncio, el pago de este beneficio económico estatal se realizará entre el miércoles 18 y el viernes 20 de diciembre.
Detalles del aguinaldo navideño
De acuerdo con el medio 24horas.cl, el año pasado el monto del aguinaldo alcanzó los $66.089 y $34.959, dependiendo de la escala de sueldos de los trabajadores en las reparticiones públicas. Estas incluyen universidades estatales, corporaciones de Asistencia Judicial, tribunales tributarios y aduaneros, así como establecimientos de educación parvularia financiados por la Junji y otros trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente. Se anticipa que los montos de este año se incrementen, basándose en el indicador de IPC anualizado.
Aguinaldo para pensionados
Los pensionados también recibirán un aporte navideño. Aquellos que cumplan con ciertos requisitos podrán optar a un bono de $27.884, que podría aumentar en $15.753 por cada carga que acrediten.
Requisitos para recibir el aguinaldo
Los pensionados que pueden recibir este bono son:
1. Aquellos jubilados en el Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
2. Pensionados de ex cajas de Previsión y ex servicio de Seguro Social (INP, ahora IPS).
3. Personas pensionadas por accidentes de trabajo, según la Ley N°16.744 del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
4. Beneficiarios de las leyes de reparación Rettig y Valech.
5. Jubilados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario.
6. Quienes reciban el Subsidio por Discapacidad.
Aguinaldo para trabajadores del sector privado
En cuanto a los trabajadores del sector privado, es importante señalar que el aguinaldo no es obligatorio para los empleadores. Sin embargo, puede hacerse efectivo en tres situaciones, según lo informado por TVN:
1. Si está contemplado en el contrato de trabajo de cada empleado.
2. Si existe un contrato o convenio colectivo que incluya el aguinaldo como cláusula.
3. Si el empleador ha otorgado este beneficio en ocasiones anteriores, lo que se considera una cláusula tácita del contrato, protegida por la legislación laboral chilena.