
Además de los tres retiros del 10% y el Bono de Cargo Fiscal, existen otros bonos y beneficios económicos para afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Las AFP disponen de diversas ayudas monetarias que muchas veces se desconocen. Algunas son para mejorar las pensiones futuras de los beneficiarios, otras para ayudar en una situación crítica cuando se necesite.
Por tanto, algunos aportes están enfocados en distintos grupos sociales, tales como madres, adultos mayores, trabajadores, entre otros. El requisito fundamental es ser o haber sido cotizante de una AFP.
Bonos que entregan las AFP
Bono de Reconocimiento: Es un beneficio económico que entrega el Gobierno a los trabajadores y trabajadoras del país que hicieron el cambio del antiguo sistema de pensiones por las Administradores de Fondos de Pensiones (AFP).
El dinero entregado por este bono se suma a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiado cuando se pensione por vejez o invalidez, o cuando fallezca.
Bono Post Laboral: Corresponde a un aporte monetario mensual que va enfocado a ciertos trabajadores y trabajadoras que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones. Este beneficio económico se entrega por toda la vida, no es imponible y tampoco constituye indemnización o renta.
Para este año el monto a recibir por el Bono Post Laboral es de $75.154 mensuales.
Bono por hijo: Destinado a las mujeres mayores de 65 años que buscan mejorar sus pensiones. La bonificación se entrega por cada hijo nacido vivo o adoptado, y se entrega al momento de pensionarse. Se calcula en base al 10% de 18 ingresos mínimos (vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento del hijo). A eso se suma la rentabilidad anual promedio del Fondo C.
Otros beneficios otorgados por las AFP
Asignación Familiar y Maternal: A este aporte económico tienen derecho las trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar). También los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
Este aporte puede llegar hasta los $13.401 mensuales. Pueden acceder a él tanto las trabajadoras embarazadas como los trabajadores cuyas cónyuges embarazadas sean causantes de asignación familiar.
Cuota Mortuoria: Beneficio económico de hasta 15 UF (cerca de $442 mil) que sirve para costear los gastos de funeral del afiliado. Esta cuota se financia con el saldo de la cuenta individual del fallecido y es pagada por la AFP o institución a la cual estaba pensionado.
Aporte Previsional Solidario (APS): Destinado para mayores de 65 años de edad o para personas de entre 18 y 65 que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas. También quienes hayan cotizado en una AFP y que reciban una pensión de vejez o sobrevivencia inferior o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario ($417.764).
Debe pertenecer al 60% socioeconómico más vulnerable de la población. A partir de enero de 2021, el monto del aporte alcanza los $467.894.
Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes: A los trabajadores de entre 18 y 35 años, se entrega este subsidio para mejorar sus futuras pensiones. Se destina a aquellos jóvenes que inician su vida laboral y tenga una remuneración igual o inferior a 1,5 veces el ingreso mínimo mensual. El monto alcanza los $13.800 y es depositado en su cuenta de AFP.
Exenciones, excedentes y garantía estatal
Exención de la Cotización de Salud: Los pensionados de una AFP o de Sistema de Pensiones Solidarias pueden optar a la eliminación del 100% del pago de la cotización de salud. Eso siempre que pertenezcan al cuarto quintil más vulnerable de la población. La exención aplica para Fonasa e isapres.
Excedentes de Libre Disposición: Son dineros que pueden quedar en la cuenta del afiliado a una AFP cuando se ha calculado su pensión y se ha retirado de la propia cuenta el monto necesario para cubrirla. El pago dependerá de los ahorros previsionales acumulados y la cantidad de la pensión que se va a recibir.
Garantía Estatal: Complementa la pensión de un afiliado a una AFP cuando su saldo de la cuenta individual se agotó. Esto después de haber financiado sus pensiones bajo la modalidad de retiro programado o si tienen una renta vitalicia menor a la pensión mínima vigente. Los montos del aporte son reajustados en diciembre de cada año.