
Infórmate sobre el proceso para presentar tus excusas y cumplir con tus obligaciones cívicas.
La designación de vocales de mesa para las elecciones programadas para el 26 y 27 de octubre ha generado interés entre la población. Este sábado se publicaron las listas de las personas seleccionadas por las Juntas Electorales para desempeñar esta función durante los comicios. Debido a la gran cantidad de candidatos que se presentan para las elecciones de gobernadores, concejos regionales, alcaldes y concejales, se ha decidido que las votaciones se llevarán a cabo en dos días, lo que implica que los vocales de mesa deberán cumplir con su labor en ambas jornadas.
Para verificar si una persona ha sido seleccionada como vocal de mesa, es necesario acceder al sitio web del Servicio Electoral de Chile, Servel, en la dirección consulta.servel.cl. Al ingresar el RUT, los ciudadanos pueden consultar sus datos electorales, lo que les permitirá saber si han sido designados como vocales o como miembros del Colegio Escrutador, así como confirmar su local de votación y la mesa correspondiente. Es importante recordar que en estas elecciones el voto es obligatorio, y la falta de asistencia puede acarrear sanciones.
En caso de que una persona haya sido elegida como vocal de mesa y desee excusarse, el plazo para presentar la solicitud de excusa se extiende desde el lunes 7 hasta el miércoles 9 de octubre. Posteriormente, el 12 de octubre se publicarán las listas de vocales reemplazantes, quienes no tendrán la opción de excusarse.
La ley establece que ciertas personas no pueden ser designadas como vocales de mesa. Entre estas se encuentran aquellos que han sido nombrados miembros del Colegio Escrutador o que se encuentran dentro de las causales de inhabilidad estipuladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700. También están excluidos de esta función los individuos que ocupan cargos de elección popular, como el Presidente de la República, parlamentarios, alcaldes y concejales. Asimismo, los cónyuges de candidatos, parientes consanguíneos o afines hasta el segundo grado, extranjeros, personas no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos relacionados con las leyes electorales no pueden ser vocales de mesa. Otros excluidos son ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales, gobernadores regionales, consejeros regionales, embajadores, cónsules, el Contralor General de la República, jefes superiores de servicio, magistrados, jueces y fiscales del Ministerio Público, así como miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden en servicio activo, aunque el personal administrativo de estas ramas no está incluido en esta restricción.
Existen también causales específicas que permiten a los vocales de mesa solicitar excusas. Estas incluyen estar fuera del país o residir en una localidad que se encuentre a más de 300 kilómetros de distancia o que no tenga comunicaciones adecuadas, lo cual será evaluado por la Junta Electoral correspondiente. Otras razones válidas son tener compromisos laborales que coincidan con los días y horas de funcionamiento de las mesas, tener más de 70 años, estar física o mentalmente incapacitado para ejercer la función (lo que debe ser respaldado por un certificado médico), trabajar en establecimientos hospitalarios durante los días de votación (certificado por el director del establecimiento), estar en estado de gestación durante todo el embarazo, o ser padre o madre de un hijo menor de dos años, lo que debe ser acreditado con el certificado de nacimiento. También se consideran excusas las personas que cuidan a adultos mayores o a personas con necesidades especiales, así como aquellos que trabajan en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).