Tribunal Constitucional suspende decisión sobre destitución de ministra de Defensa tras polémica venta de casa de Allende

El Tribunal Constitucional exige garantía económica a demandantes en caso Fernández.
El Tribunal Constitucional exige garantía económica a demandantes en caso Fernández.

Este miércoles 29 de enero, el Tribunal Constitucional decidió posponer su pronunciamiento sobre la admisión de un trámite que busca la destitución de la ministra de Defensa, Maya Fernández.

Contexto de la acusación constitucional

La acusación constitucional contra la ministra Maya Fernández se origina en la controvertida venta de la casa donde residió el expresidente Salvador Allende, abuelo de la ministra. Esta propiedad, situada en la calle Guardia Vieja, había sido destinada a convertirse en un museo y un espacio cultural, aunque la venta finalmente no se llevó a cabo.

Requisitos para la tramitación de la demanda

En la fase actual de la acusación, los solicitantes, que pertenecen a la bancada republicana y son quienes presentaron la demanda, deben cumplir con el requisito de pagar una garantía económica. Este requisito, estipulado en la Constitución, tiene como finalidad asegurar que las demandas presentadas ante el Tribunal sean serias y estén debidamente fundamentadas.

El monto que deben abonar los demandantes fue revelado durante la jornada y asciende a 500 mil pesos. Este importe debe ser depositado en un plazo de 15 días hábiles.

Consecuencias del procedimiento

Si el Tribunal determina que la demanda cuenta con fundamentos suficientes, se procederá con el trámite correspondiente y el dinero depositado será devuelto a los solicitantes. Por el contrario, si el Tribunal considera que la demanda carece de fundamento, el monto depositado quedará en manos del Estado.

Este procedimiento se encuentra respaldado por el artículo 118 de la Constitución, que establece que las personas que presenten una acción pública deben garantizar las posibles consecuencias de su demanda. Según este artículo, “las personas naturales o jurídicas que no sean órganos constitucionales y que deduzcan la acción pública a que se refiere el inciso decimoquinto del artículo 93 de la Constitución Política, estarán obligadas a afianzar las resultas de su acción a satisfacción del Tribunal, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 128 y 137 de esta ley”.

Decisión del Tribunal Constitucional

La Primera Sala del Tribunal Constitucional ha comunicado su decisión de solicitar el afianzamiento del resultado de la acción que busca declarar la inhabilidad para que un Ministro de Estado permanezca en su cargo. La tramitación de este requerimiento continuará conforme a lo establecido en la normativa vigente.