La Ley de Cumplimiento Tributario en Chile ha introducido un nuevo requisito que ha generado interés: el “límite de 50 transferencias”. Esta normativa establece que las entidades bancarias deben informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre aquellos individuos que reciban 50 o más transferencias de diferentes personas en un mismo día, semana o mes.
Detalles de la normativa
La información recopilada por los bancos será entregada semestralmente al SII, con el propósito de enfocar adecuadamente las acciones de fiscalización. Es importante señalar que, tras un periodo de tres años, los datos recopilados deberán ser eliminados de los sistemas de las instituciones financieras. El primer informe que se generará bajo esta normativa está programado para ser entregado en julio de 2025, y abarcará los movimientos realizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de ese mismo año.
Antecedentes legislativos
Antes de la implementación de esta nueva regla, ya existía otra ley, promulgada en 2022, que también establece obligaciones de reporte sobre saldos. La Ley 21.453, que entró en vigor en junio de 2022, modificó varios aspectos del Código Tributario, obligando a las empresas financieras a informar al SII sobre diversas situaciones.
Obligaciones de reporte de saldos
En particular, esta ley estipula que las entidades deben reportar saldos o sumas de abonos únicamente cuando, de manera individual o en conjunto, se registre un monto diario, semanal o mensual que sea igual o superior a 1.500 Unidades de Fomento (UF). Esta obligación se aplica sin considerar el número de titulares involucrados y abarca tanto a personas naturales, en su calidad de clientes de un banco, como a personas jurídicas, que incluyen empresas y “patrimonios de afectación” con domicilio o residencia en Chile.
Tipos de cuentas afectadas
La normativa se aplica a diversas cuentas, tales como cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista, vales vistas y cuentas a la vista. Sin embargo, se excluyen de esta obligación las cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos, y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior que están reguladas por el Banco Central de Chile.
Instituciones obligadas a reportar
Las instituciones que están obligadas a cumplir con estas normativas incluyen bancos y cooperativas de ahorro y crédito que están sujetos a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), entre otras entidades. La información que se debe enviar es de carácter anual y debe ser presentada a más tardar dentro de los primeros 15 días del mes de marzo del año siguiente. Este documento incluirá detalles sobre los saldos y las sumas de abonos durante el año calendario anterior.
Notificación a los clientes
Además, las instituciones financieras tienen la obligación de informar a los clientes cuyos datos serán enviados al SII, asegurando así la transparencia en el proceso de reporte de información financiera.