Nueva ley en Chile exige grabado de patentes en vehículos para combatir el robo de piezas

Plazo para grabar patentes en autos usados según nueva ley: ¿cuándo vence?
Plazo para grabar patentes en autos usados según nueva ley: ¿cuándo vence?

En Chile, se implementará una nueva normativa que requerirá que todos los vehículos motorizados tengan sus patentes grabadas en los vidrios y espejos retrovisores, con el objetivo de reducir el robo de piezas. Esta medida se enmarca dentro de la Ley 21.601, que detalla las condiciones técnicas para el grabado, el plazo para regularizar esta situación y las excepciones que se aplican. A continuación, se presenta toda la información relevante para los propietarios de vehículos usados que aún no han realizado este trámite.

¿Cómo debe realizarse el grabado de patentes?

La ley estipula que el grabado debe ser permanente, lo que significa que la superficie del vidrio o espejo debe mostrar un desgaste visible. Para cumplir con esta normativa, se pueden emplear diversas técnicas, tales como:

  • Arenado
  • Técnicas con ácido
  • Tallado

En cuanto a las especificaciones del formato del grabado, se deben seguir las siguientes directrices:

  • Las letras deben estar en mayúsculas, sin negritas ni cursivas.
  • La altura de las letras en los vidrios debe estar entre 7 y 10 milímetros.
  • La altura de las letras en los espejos laterales debe estar entre 5 y 10 milímetros.

Plazo para cumplir con la exigencia

Los propietarios de autos usados tendrán hasta el 15 de mayo de 2025 para llevar a cabo el grabado obligatorio. A partir de esta fecha, la normativa será de cumplimiento obligatorio y su fiscalización estará a cargo de las autoridades de tránsito. En el caso de los vehículos nuevos, estos comenzarán a salir de las concesionarias con el grabado correspondiente a partir de septiembre de 2024, por lo que no será necesario realizar el trámite adicionalmente.

Partes del vehículo donde debe ir grabada la patente

La patente debe ser grabada en las siguientes partes del vehículo:

  • Seis vidrios del vehículo, que incluyen el parabrisas, la luneta y los vidrios laterales.
  • Dos espejos laterales.

Para vehículos que cuenten con más de seis vidrios, como buses o furgones, es suficiente con cumplir con el mínimo de seis superficies. En el caso de las motocicletas, que no tienen vidrios, el grabado debe realizarse en todos los espejos disponibles. Para taxis y camionetas que tienen la patente pintada en los costados, la exigencia se limita al parabrisas y los espejos laterales.

Vehículos exentos de esta obligación

La ley contempla ciertas excepciones, según lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Tránsito. No están obligados a realizar el grabado los siguientes tipos de vehículos:

  • Vehículos destinados a labores policiales o que pertenecen a las Fuerzas Armadas.
  • Vehículos extranjeros que se encuentren en tránsito temporal por el país.