Aumento de la vigilancia bancaria en Chile: ¿Cómo afecta la nueva ley de reportes al SII?

Nueva ley en Chile obliga a reportar movimientos bancarios sobre 1.500 UF.
Nueva ley en Chile obliga a reportar movimientos bancarios sobre 1.500 UF.

La implementación de normas fiscales ha aumentado la vigilancia sobre las operaciones bancarias en Chile, afectando tanto a personas naturales como jurídicas. Conoce cómo los movimientos significativos deben ser reportados al SII bajo la actual legislación.

El alcance de la norma de las 50 transferencias

Con la norma de las 50 transferencias, los bancos e instituciones financieras están obligados a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre movimientos bancarios que superen ciertos límites. Esta regulación ha suscitado un creciente interés entre los usuarios respecto a cómo se lleva a cabo la fiscalización de sus cuentas.

Detalle de la ley que obliga a informar movimientos por 1.500 UF

En junio de 2022, se promulgó la Ley N° 21.453, que establece que diversas empresas financieras deben reportar al SII los saldos o sumas de abonos que alcancen un monto diario, semanal o mensual igual o superior a 1.500 Unidades de Fomento (UF), lo que equivale a poco más de $57 millones. Esta obligatoriedad se aplica sin considerar el número de titulares involucrados en las cuentas.

Tipos de cuentas afectadas por la ley

La ley abarca una amplia variedad de cuentas, que incluyen:

  • Cuentas corrientes bancarias
  • Depósitos a plazo y a la vista
  • Vales vista y cuentas de custodia
  • Cuentas de ahorro para la vivienda y educación
  • Contratos de seguro con inversiones o ahorro

Instituciones obligadas a reportar

Los bancos y cooperativas de ahorro y crédito que son fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deben cumplir con esta normativa. Además, las cooperativas supervisadas por el Ministerio de Economía y las compañías de seguros también están obligadas a informar sobre estos movimientos.

Periodicidad y detalles del reporte

Según la normativa, los reportes deben ser enviados al SII de manera anual, a más tardar dentro de los 15 primeros días de marzo de cada año. El informe incluye los saldos y abonos del año calendario anterior y debe comunicar a los titulares sobre el tratamiento de sus datos. Además, los datos que no den lugar a auditorías deberán ser eliminados en un plazo máximo de un año. El cumplimiento de estas normativas busca mejorar la transparencia fiscal y asegurar el correcto pago de impuestos, protegiendo así el sistema financiero del país.