El concepto de “paraíso fiscal” es recurrente en las noticias asociadas a delitos económicos, y los “Pandora Papers” volvieron a ponerlo en las portadas de la prensa de todo el mundo.
La investigación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) pone en evidencia movimientos de evasión tributaria por parte de mandatarios, figuras del espectáculo y del deporte. Todos apuntados por haber escondido fortunas millonarias usando mecanismos para evitar el pago de impuestos.
La base de eso mecanismos es establecer una sociedad “offshore”. Es decir, una empresa creada en países con mayor permisividad fiscal que la existente en el país donde su titular reside.
¿Cuánto cuesta tener una? Según Forbes, comprar en un paraíso fiscal una sociedad preexistente con buena reputación e historial societario “cuesta unos 1.000 euros”. Unos 937 mil pesos chilenos.
Sin embargo, la publicación explica que lo habitual es que se haga el proceso mediante un despacho de abogados que ofrezca garantías, sabiendo el papel que suelen jugar en las sociedades opacas. Esto se traduce en un coste de apertura cercano a los 5.000 euros, unos 4,7 millones de pesos.
¿Cómo se establece un paraíso fiscal?
Según Elías Casanova, director del magíster en Tributación de la Universidad Mayor, hablar de un “paraíso fiscal” es “una suerte de caricatura” pues “no hay un tema técnico ni jurídico que lo pueda definir o establecer así”.
Pero, esa caricatura no exagera mucho la realidad. “Básicamente son ciertos territorios, jurisdicciones y países que cumplen ciertos requisitos para ser denominado así”, dice Casanova.
“Por ejemplo, que no gravan rentas de fuente mundial. Es decir, cualquier persona que tenga un ingreso de cualquier parte del mundo no va a pagar impuestos, y eso tiene que ver porque la autonomía y potestad tributaria que cada país o territorio tiene, lo define de esa manera. Y al establecer tasas bajas o exentas de tributación, en que sus ciudadanos además no paguen impuestos en base a la renta mundial, son calificados como paraísos tributarios y no les gustan a los países de la OCDE“, explicó entrevistado por Cooperativa.
Además, se le puede considerar paraíso fiscal a determinado territorio “si impide tener intercambio de información con otros países…Cumpliendo con esas alternativas, se le puede denominar paraíso fiscal”, agregó.
De todas maneras, aclaró que “no es en sí una evasión fiscal per se que una persona, cualquiera sea ésta, haga una inversión desde un territorio preferencial. O haga una inversión hacia ese país. No es evasión propiamente tal”.
“Distinto es que no guste, sea ético, moral o no, pero estamos en una figura distinta a la figura jurídica o tributaria”, remarcó.