El Estado busca apoyar la reactivación del empleo a través de subsidios como el IFE Laboral, creado este 2021. Pero también existen otros subsidios destinados a jóvenes trabajadores con los que es posible aumentar los sueldos, así como el monto de la cotización previsional.
En este sentido, en el contexto global de los beneficios en torno al empleo, es posible postular a cuatro beneficios estatales:
-Subisio al Empleo Joven
-Bono al trabajo de la mujer
-Subsidio a la cotización de jóvenes
-IFE Laboral
¿Cuáles son los beneficios concretos de los subsidios al empleo?
El Subsidio al Empleo Joven es un beneficio en dinero, que puede ser pagado de forma mensual o anual:
-Mensual, si se trata de trabajadores y trabajadoras dependientes (quienes deben regirse por el Código del Trabajo).
-Anual: si son trabajadores o trabajadoras dependientes y eligen esta modalidad, o si son independientes. Estos últimos deben estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud, y acreditar rentas según la ley sobre impuesto a la renta.
Pueden postular jóvenes de entre 18 y 25 años de edad que:
-Hayan obtenido su licencia de enseñanza media antes de los 21 años.
-Integren un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según el Registro Social de Hogares.
-Acrediten una renta bruta inferior a 488 mil 218 pesos (pagos mensuales).
-Acrediten una renta bruta anual inferior a 5 millones 858 mil 599 pesos en el año-calendario en que soliciten el beneficio (pago anual).
-Tengan al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.
Bono al trabajo de la Mujer: Es un aporte monetario variable, con características similares a las del Subsidio al Empleo Joven, pero dirigido exclusivamente a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables, quienes pueden tener entre 25 y 59 años de edad.
El Bono al Trabajo de la Mujer es incompatible con el Subsidio al Empleo Joven. Es decir, una mujer que percibe dinero por alguno de estos beneficios no puede postular al otro.
¿Quiénes pueden postular al Bono Trabajo de la mujer?
Trabajadoras dependientes regidas por el Código del Trabajo que:
-Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses y 29 días).
-Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población según el Registro social de Hogares (RSH).
-Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 858 mil 599 pesos durante el año-calendario en que perciban el bono. En el 2019, si las trabajadoras recibían el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, debían acreditar una remuneración bruta inferior a 488 mil 218 pesos mensuales.
-Estén al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
-No trabajen en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
Trabajadoras independientes que:
-Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses).
-Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población según el Registro social de Hogares (RSH).
-Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 858 mil 599 pesos durante el año-calendario en que se concede el bono.
-Que acrediten que el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud se encuentran al día durante el año-calendario en que se concede el bono.
-Acrediten sus rentas a través del SII en el año calendario en que solicita el beneficio.
Subsidio para cotización de jóvenes
El Subsidio a la cotización de jóvenes es un aporte permite mejorar los beneficios previsionales, a través de un aporte mensual a su cotización equivalente a la mitad de una cotización previsional sobre un ingreso mínimo mensual.
Pueden postular jóvenes de entre 18 y 35 años de edad que:
-Ganen un sueldo igual o inferior a 1,5 ingresos mínimos mensuales.
-Tengan hasta 24 cotizaciones en su AFP, continuas o discontinuas.
IFE Laboral: Este aporte monetario es accesible para todos quienes hayan firmado un contrato laboral a partir del 1 de agosto.
Es importante destacar que los montos a entregar son diferenciados, es decir los hombres mayores de 24 y menores de 55 años reciben el 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 mensuales.
Mientras que las mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez se les otorgará un 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.